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  • EDICIÓN DE 21/02/2006
 
 

AYUDAS DEL PLAN DE CONSOLIDACIÓN Y COMPETITIVIDAD DE LA PYME

21/02/2006
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Resolución TRI/304/2006, de 6 de febrero, por la que se hace pública la convocatoria para el año 2006 de las ayudas del Plan de consolidación y competitividad de la pyme (código convocatoria 11005) (DOGC de 21 de febrero de 2006). Texto completo.

§1015251

RESOLUCIÓN TRI/304/2006, DE 6 DE FEBRERO, POR LA QUE SE HACE PÚBLICA LA CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2006 DE LAS AYUDAS DEL PLAN DE CONSOLIDACIÓN Y COMPETITIVIDAD DE LA PYME (CÓDIGO CONVOCATORIA 11005).

La Orden TRI/159/2005, de 13 de abril (DOGC núm. 4369, de 22.4.2005) aprueba las bases reguladoras para el otorgamiento de las ayudas del Plan de consolidación y competitividad de la pyme.

El artículo 2.1 de esa Orden dice que, en función de las disponibilidades presupuestarias y por resolución del presidente del Comité Ejecutivo del CIDEM, se publicarán en el DOGC las convocatorias para la presentación de solicitudes para obtener las ayudas que se prevén, las cuales incluirán las determinaciones que establece la normativa aplicable.

De acuerdo con el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002), modificado por la Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de medidas financieras (DOGC núm. 4292, de 31.12.2004), y la Ley 20/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2006 (DOGC núm. 4541, de 31.12.2005);

De acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003);

Por todo lo expuesto, visto el informe previo de la Asesoría Jurídica, y en el uso de las atribuciones que me son conferidas,

Resuelvo

Artículo 1

Cantidad máxima y aplicación presupuestaria para el año 2006

1.1 La cantidad máxima destinada a las ayudas del Plan de consolidación y competitividad de la pyme durante el año 2006 (código convocatoria 11005) es de 1.633.900,91 euros, aplicados a la partida presupuestaria 19.6470.770.64.002 del presupuesto del Centro de Innovación y Desarrollo Empresarial (CIDEM) (código de reserva 11005).

1.2 El otorgamiento de estas ayudas para el año 2006 estará condicionado a las disponibilidades presupuestarias.

Artículo 2

Forma, plazo de presentación de solicitudes, tramitación y resolución

2.1 El plazo de presentación de solicitudes para obtener las ayudas que prevé la presente Resolución será de 90 días naturales, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC.

2.2 Las solicitudes deben ir dirigidas al director del CIDEM y se deben formalizar de acuerdo con un impreso normalizado que se podrá obtener en el web del CIDEM (www.cidem.com), en la sede del CIDEM (paseo de Gràcia, 129, 08008 Barcelona), o en cualquiera de sus delegaciones territoriales, en las siguientes direcciones:

Delegación en El Bages, Muralla de Sant Domènec 24, bajos, 08240 Manresa.

Delegación en El Berguedà, c. Barcelona, 49, 3º, 08600 Berga.

Delegación en Girona, c. Migdia, 50-52, 17003 Girona.

Delegación en Lleida, av. Segre, 7, 25007 Lleida.

Delegación en Tarragona, c. Pompeu Fabra, 1, 43004 Tarragona.

Delegación en Les Terres de l'Ebre, c. de la Rosa, 9, 43500 Tortosa.

2.3 Las solicitudes, acompañadas de la documentación que se hace constar en el artículo 22.3 de la Orden TRI/159/2005, de 13 de abril (DOGC núm. 4369, de 22.4.2005), se deben presentar en la sede del Centro de Innovación y Desarrollo Empresarial (paseo de Gracia, 129, 08008 Barcelona), en cualquiera de sus delegaciones, las direcciones de las cuales se especifican en el artículo 2.2 de la presente Resolución, o mediante cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y deben acreditar los requisitos previstos en el artículo 4 de la Orden TRI/159/2005, antes mencionada, específicamente el previsto en el artículo 4.5.a), en lo referente a la cuota para la integración social de trabajadores/as con disminución establecida en la normativa vigente.

2.4 El procedimiento de concesión de las ayudas que prevé la presente Resolución se tramita en régimen de concurrencia competitiva, según se detalla en el artículo 23 de la Orden TRI/159/2005.

2.5 La resolución de otorgamiento o denegación de las ayudas corresponde al director del CIDEM, a propuesta del director de Innovación. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de seis meses, contados desde el día siguiente al de la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes que se fije en cada convocatoria. Transcurrido este plazo, si no se ha dictado y notificado resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo, de acuerdo con lo que establece el artículo 3 de la Ley 23/2002, de 18 de noviembre, por la que se adecuan los procedimientos administrativos en relación con el régimen del silencio administrativo.

2.6 La resolución, debidamente motivada, se notificará a las entidades beneficiarias mediante correo certificado con acuse de recibo, indicando la cuantía de la ayuda otorgada y las condiciones y los plazos para llevar a cabo la actuación objeto de ayuda.

2.7 Contra la resolución que dicte el director del CIDEM, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el presidente del Comité Ejecutivo del CIDEM en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Disposición final

Entrada en vigor

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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