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  • EDICIÓN DE 13/02/2006
 
 

ADMITIDA A TRÁMITE UNA CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA LEY DE VIOLENCIA DE GÉNERO

13/02/2006
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Ha sido admitida a trámite por la Sección Tercera del Tribunal Constitucional la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la juez de lo Penal número 4 de Murcia contra la Ley Integral contra la Violencia de Género, al entender que discrimina al hombre al establecer penas superiores para la violencia sexista si el autor es varón y no mujer.

§1015098

La juez estima que la Ley vulnera el artículo 14 de la Constitución, que establece que “los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”. Asimismo entiende que vulnera los artículos 10 y 24.2 de la Carta Magna.

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la cuestión que se dirige contra la modificación del artículo 153.1 del Código Penal, que la Ley corrigió de modo que sanciona a quien “por cualquier medio o procedimiento causare a otro menoscabo psíquico o una lesión no definidos como delito en este Código, o golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, cuando la ofendida sea o haya sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia”. La pena es de seis meses a un año de cárcel.

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