§1014974
RESOLUCIÓN ARP/168/2006, DE 30 DE ENERO, POR LA QUE SE DA PUBLICIDAD A LA APROBACIÓN DE LAS NORMAS TÉCNICAS ESPECÍFICAS DE PRODUCCIÓN INTEGRADA DE FRUTA DE PEPITA, FRUTA DE HUESO, HORTALIZAS, CÍTRICOS, FRUTA SECA, ACEITUNAS, VIÑA, CEREALES DE INVIERNO, CEREALES DE VERANO, FRUTA SECA ELABORADA Y ACEITE; Y A LOS PARÁMETROS DE LOS CUADERNOS DE EXPLOTACIÓN, CUADERNOS DE CONSERVACIÓN/POSTCOSECHA Y CUADERNOS DE ELABORACIÓN, DE PRODUCCIÓN INTEGRADA PARA EL 2006.
El artículo 4.2 del Decreto 241/2002, de 8 de octubre, por el que se regula la producción integrada en Cataluña (DOGC núm. 3744, de 21.10.2002), establece que las normas técnicas serán aprobadas por la resolución del director general de Producción Agraria e Innovación Rural y su publicidad se materializará mediante la exposición en el tablón de anuncios de los Servicios Centrales, de los servicios territoriales y de las oficinas comarcales del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca, y por el resto de medios de difusión de la Generalidad de Cataluña.
Asimismo, el artículo 4.2 del citado Decreto dispone que las normas técnicas podrán ser modificadas anualmente por medio de resolución de autoridad competente y su publicidad será la que se establece en el párrafo anterior. De acuerdo con lo que dispone el artículo 4.3 del citado Decreto, la resolución de la autoridad competente que apruebe o modifique la norma técnica correspondiente debe ser publicada en el DOGC.
Para responder a las nuevas exigencias que plantea la producción integrada, es necesario aprobar y hacer públicas las vigentes normas técnicas y cuadernos a que se refiere esta Resolución.
Por ello,
Resuelvo:
Artículo 1
Dar publicidad a la aprobación de las normas técnicas específicas de producción integrada de fruta de pepita, fruta de hueso, hortalizas, cítricos, fruta seca, aceitunas, viña, cereales de invierno, cereales de verano, fruta seca elaborada y aceite; así como a los parámetros de los cuadernos de explotación, cuadernos de conservación/postcosecha y cuadernos de elaboración, de producción integrada para el 2006.
De acuerdo con el artículo 4.2 del Decreto 241/2002, de 8 de octubre, esta publicidad se realizará por medio de exposición en el tablón de anuncios de los Servicios Centrales, servicios territoriales y oficinas comarcales del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca, y por el resto de medios de difusión de la Generalidad de Cataluña.
Artículo 2
Estas normas son vigentes con efectos del 1 de enero de 2006.