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MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 19 DE NOVIEMBRE DE 2003

25/01/2006
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Orden de 10 de enero de 2006 de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se modifica la Orden de 19 de noviembre de 2003 de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, por la que se convocan y regulan las ayudas destinadas al saneamiento de la producción de albaricoque de la variedad búlida (BORM de 25 de enero de 2006). Texto completo.

§1014776

ORDEN DE 10 DE ENERO DE 2006 DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y AGUA, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 19 DE NOVIEMBRE DE 2003 DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, AGUA Y MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE CONVOCAN Y REGULAN LAS AYUDAS DESTINADAS AL SANEAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN DE ALBARICOQUE DE LA VARIEDAD BÚLIDA.

El 1 de diciembre de 2003 se publicó la Orden de 19 de noviembre de 2003 de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente por la que se regulan y convocan las ayudas destinadas al saneamiento de la producción de albaricoques de la variedad Búlida.

El Artículo 4, punto 2. c) de la citada Orden establece que las nuevas plantaciones se realizarán con determinadas variedades además de aquellas otras que puedan surgir y que, previa solicitud de los interesados, puedan ser autorizadas por esta Consejería.

En las últimas semanas se ha producido un importante número de peticiones de agricultores interesados en realizar la replantación con la selección Arques”.

Teniendo en cuenta las buenas condiciones sanitarias, unida a la aptitud conservera que reúne la citada selección, además de una productividad más que aceptable, aconsejan autorizarla como apta para replantación.

En su virtud y conforme a las facultades que me atribuye la Ley 7/ 2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Dispongo Artículo Único.-autorizar la selección “Arques” dentro de las variedades contenidas en el artículo 4.2. c) de la Orden de 1 de diciembre de 2003, para realizar las nuevas plantaciones de albaricoqueros.

Disposición Final.-Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”.

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