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PRODUCTOS DE PESCA Y DE LA ACUICULTURA

25/01/2006
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Resolución de 16 de enero de 2006, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que establece para el año 2006 el plazo de presentación de solicitudes de las ayudas reguladas en la Orden que se cita, en materia de comercialización de los productos de pesca y de la acuicultura (BOJA de 25 de enero de 2006). Texto completo.

§1014768

RESOLUCIÓN DE 16 DE ENERO DE 2006, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA, POR LA QUE ESTABLECE PARA EL AÑO 2006 EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE LAS AYUDAS REGULADAS EN LA ORDEN QUE SE CITA, EN MATERIA DE COMERCIALIZACIÓN DE LOS PRODUCTOS DE PESCA Y DE LA ACUICULTURA.

La Orden de 22 de mayo de 2002, de la Consejería de Agricultura y Pesca, por la que se dictan normas para la gestión de las ayudas estructurales en materia de comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura, modificada por la de 1 de agosto de 2005 (cuya corrección de errores ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 4 de octubre de 2005), dispone en el artículo 17.3 el plazo de presentación de solicitudes para el año 2002, si bien prevé que en los siguientes ejercicios esta Dirección General de Pesca y Acuicultura establecerá los correspondientes plazos mediante Resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En su virtud, y procediendo establecer para el año 2006 el plazo de presentación de solicitudes de esas ayudas, RESUELVO:

Primero. Se establece para el año 2006 el plazo de presentación de solicitudes de las ayudas reguladas en la Orden de 22 de mayo de 2002, modificada por la de 1 de agosto de 2005 (cuya corrección de errores ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 4 de octubre de 2005), por la que se dictan normas para la gestión de las ayudas estructurales en materia de comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura. Dicho plazo comienza el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y finaliza el 31 de mayo de 2006.

Segundo. De conformidad con lo previsto en el artículo 2 de la citada Orden, la concesión de estas ayudas estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes.

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