Diario del Derecho. Edición de 22/10/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 17/01/2006
 
 

DEROGACIÓN DE LA ORDEN DE 5 DE FEBRERO DE 2004

17/01/2006
Compartir: 

Orden de 27 de diciembre de 2005, por la que se deroga la de 5 de febrero de 2004, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas a las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo que realicen proyectos de cooperación internacional para el desarrollo y se procede a la convocatoria de las mismas para el año 2004 (BOJA de 17 de enero de 2006). Texto completo.

§1014620

ORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 2005, POR LA QUE SE DEROGA LA DE 5 DE FEBRERO DE 2004, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS A LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES DE DESARROLLO QUE REALICEN PROYECTOS DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO Y SE PROCEDE A LA CONVOCATORIA DE LAS MISMAS PARA EL AÑO 2004.

Con el objeto de regular los proyectos de cooperación internacional para el desarrollo, destinados a actuar sobre la situación de pobreza y marginación que vive una gran parte de la población mundial, se dictó la Orden de 5 de febrero de 2004, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas a las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo que realicen proyectos de cooperación internacional para el desarrollo y se procede a la convocatoria de las mismas para el año 2004.

La disposición transitoria primera de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, concede el plazo de un año a partir de su entrada en vigor, para la adecuación de la normativa reguladora de las subvenciones al régimen jurídico establecido en la misma. En virtud de este precepto legal procede la adaptación de las bases reguladoras mencionadas a la nueva normativa, así como la derogación de las vigentes.

Por ello y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico, y la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, DISPONGO

Artículo único. Derogación.

Queda derogada la Orden de 5 de febrero de 2004, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas a las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo que realicen proyectos de cooperación internacional para el desarrollo y se procede a la convocatoria de las mismas para el año 2004.

Disposición transitoria única. Procedimientos en tramitación.

Los procedimientos iniciados en el ejercicio 2005 o anteriores que se encuentren en tramitación en la fecha de entrada en vigor de la presente Orden se continuarán rigiendo por la normativa anterior vigente al momento de su iniciación.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: ¿Qué ha dicho la Comisión de Venecia?; por Carlos Vidal Prado, catedrático de Derecho Constitucional de la UNED
  2. Tribunal Supremo: El ámbito temporal de la responsabilidad civil en el delito de impago de pensiones se extiende desde el primer incumplimiento hasta la fecha del juicio oral
  3. Actualidad: El Supremo avala que en las causas judiciales se usen pruebas obtenidas de EncroChat
  4. Estudios y Comentarios: La innecesaria constitucionalización del aborto; por Ricardo de Lorenzo y Montero, doctor en Derecho y Académico Correspondiente de las Reales Academias Nacionales de Jurisprudencia y Legislación y de Medicina
  5. Tribunal Supremo: La prohibición de revisión en vía administrativa y contenciosa-administrativa de las liquidaciones vinculadas a delito no lesiona el derecho a la tutela judicial, pues se podrá controlar su conformidad a Derecho por la jurisdicción penal
  6. Actualidad: Bolaños descarta crear nuevas secciones en los juzgados de Barakaldo y Vitoria
  7. Actualidad: El informe del CGPJ aprecia "insuficiencias y fallas" en la ley sobre el secreto profesional de los periodistas
  8. Tribunal Supremo: La pérdida sobrevenida de objeto del proceso produce la terminación del mismo por concurrir una causa evidente que hace desaparecer su finalidad legítima
  9. Actualidad: El TC ordena reabrir la investigación sobre la muerte de un joven en Portbou (Girona) en 2020
  10. Actualidad: El Supremo tacha de "violencia económica" el impago de pensiones por hijo y prohíbe contarlas para obtener el paro

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana