Diario del Derecho. Edición de 26/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 03/01/2006
 
 

REVOCACIÓN DE AUTORIZACIÓN

03/01/2006
Compartir: 

Orden UNI/489/2005, de 21 de diciembre, por la que se revoca la autorización al centro Escuela de Artes y Técnicas de la Moda (EATM) para impartir los estudios conducentes a la obtención del título de Bachelor of Arts (Honours) in Fashion (DOGC de 3 de enero de 2006). Texto completo.

§1014454

ORDEN UNI/489/2005, DE 21 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE REVOCA LA AUTORIZACIÓN AL CENTRO ESCUELA DE ARTES Y TÉCNICAS DE LA MODA (EATM) PARA IMPARTIR LOS ESTUDIOS CONDUCENTES A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE BACHELOR OF ARTS (HONOURS) IN FASHION.

El centro Escuela de Artes y Técnicas de la Moda (EATM) fue autorizado para impartir los estudios conducentes a la obtención del título de Bachelor of Arts (Honours) in Fashion, en el marco del convenio con la Winchester School of Art de la Universidad de Southampton (Reino Unido), por la Resolución de 8 de octubre de 1997 (DOGC núm. 2505, de 28.10.1997).

Esta autorización facultaba al centro Escuela de Artes y Técnicas de la Moda (EATM) para impartir estudios de nivel universitario, no homologables a los del Estado español, de acuerdo con un convenio con la institución universitaria Winchester School of Art de la Universidad de Southampton del Reino Unido.

Teniendo en cuenta el cese de los estudios citados, con el trámite de audiencia previo, de acuerdo con el artículo 113.1 de la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña, y a propuesta del director general de Universidades,

Ordeno:

Artículo 1

Se revoca, por cese de los estudios, la autorización otorgada al centro Escuela de Artes y Técnicas de la Moda (EATM) para impartir los estudios conducentes a la obtención del título de Bachelor of Arts (Honours) in Fashion, en el marco del convenio con la Winchester School of Art de la Universidad de Southampton (Reino Unido).

Artículo 2

El centro Escuela de Artes y Técnicas de la Moda (EATM) tiene la obligación de custodiar los expedientes académicos de los alumnos que han finalizado los estudios objeto de esta Orden por un periodo de 5 años, transcurrido el cual se retornarán a las personas interesadas.

Artículo 3

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOGC.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana