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  • EDICIÓN DE 09/12/2005
 
 

NOTIFICACIÓN DE LAS INCIDENCIAS QUE ALTEREN LA CONVIVENCIA ESCOLAR

09/12/2005
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Orden de 25 de noviembre de 2005, de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte, por la que se regula la notificación de las incidencias que alteren la convivencia escolar, enmarcada dentro del Plan de Prevención de la Violencia y Promoción de la Convivencia en los centros escolares de la Comunidad Valenciana (PREVI) (DOGV de 9 de diciembre de 2005). Texto completo.

§1013941

ORDEN DE 25 DE NOVIEMBRE DE 2005, DE LA CONSELLERIA DE CULTURA, EDUCACIÓN Y DEPORTE, POR LA QUE SE REGULA LA NOTIFICACIÓN DE LAS INCIDENCIAS QUE ALTEREN LA CONVIVENCIA ESCOLAR, ENMARCADA DENTRO DEL PLAN DE PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA Y PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA EN LOS CENTROS ESCOLARES DE LA COMUNIDAD VALENCIANA (PREVI).

La Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, en su artículo 2 establece entre los derechos y deberes básicos del alumnado, el derecho a que se respeten su integridad y dignidad personales, y a la protección contra toda agresión física o moral, así como el deber de respetar las normas de convivencia del centro educativo.

La misma Ley, en su artículo 79, atribuye entre las competencias de los directores de los centros docentes públicos, la de favorecer la convivencia en el centro, resolver los conflictos e imponer todas las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos, de acuerdo con las normas que establezcan las administraciones educativas y en cumplimiento de los criterios fijados en el reglamento de régimen interior del centro, promoviendo la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos.

El Decreto 246/1991, de 23 de diciembre, del Consell de la Generalitat Valenciana, sobre derechos y deberes de los alumnos de los centros docentes no universitarios de la Comunidad Valenciana (DOGV de 03.01.92) es de aplicación, según su artículo uno al alumnado de los centros docentes de la Comunidad Valenciana que impartan las enseñanzas regladas que integran el sistema educativo, con excepción de la educación universitaria, y lo establecido en su artículo 21. Este mismo decreto, en su disposición adicional primera, establece que los centros docentes podrán dotarse de reglamentos de régimen interior con objeto de establecer las normas de convivencia.

En este sentido, el Artículo 88, apartado 2.4, del Decreto 233/1997, de 2 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de las Escuelas de Educación Infantil y los Colegios de Educación Primaria, así como el Artículo 102, apartado 2.5, del Decreto 234/1997, de 2 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de los Institutos de Educación Secundaria (publicados ambos en el DOGV de 08.09.97), establecen que el reglamento de régimen interno del centro, como uno de los documentos preceptivos de organización, contendrá las normas básicas de convivencia.

Desde el 30 de septiembre de 2005 se cuenta con el Plan de Prevención de la Violencia y Promoción de la Convivencia en los centros escolares de la Comunidad Valenciana (PREVI), que establece medidas y facilita protocolos de actuación que ayuden a construir la escuela de la convivencia, así como a prevenir y gestionar situaciones de conflicto.

Con el fin de facilitar la aplicación de dichas medidas y agilizar los procedimientos protocolarios que conduzcan a una intervención precoz, facultado por la disposición final primera de los tres decretos mencionados, en virtud de las competencias establecidas en el artículo 35 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano, ORDENO:

Primero. Objeto.

La presente orden tiene por objeto establecer el procedimiento de notificación de los centros docentes a la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte, de cuantas incidencias alteren la convivencia en los centros docentes, para prevenir la violencia escolar.

Segundo. Ámbito de aplicación.

Esta orden será de aplicación en los centros docentes que impartan enseñanzas no universitarias y que estén ubicados en el ámbito territorial de gestión de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte de la Generalitat Valenciana.

Tercero. Notificación de incidencias.

1. La dirección del centro docente comunicará al Instituto Valenciano de Evaluación y Calidad Educativa (IVEC E) cualquier incidencia que afecte a la convivencia escolar, producida tanto en el centro como en su entorno, así como durante el desarrollo de actividades extraescolares programadas por el centro o la utilización de los servicios de comedor y transporte, en el mismo momento en que se produzca y por la vía de urgencia.

2. Para ello, deberán seguirse los pasos descritos en el Anexo I de esta orden, para remitir debidamente cumplimentado el formulario que se muestra en el Anexo II, que se dispondrá en formato electrónico.

3. En todo caso, se garantizará el anonimato y la no identificación personal del alumnado implicado, así como la confidencialidad de los datos recogidos en cada caso.

DISPOSICIONES FINALES.

Primera. Facultad para la aplicación y desarrollo.

Se autoriza a los órganos directivos de la Secretaría Autonómica de Educación para dictar cuantos actos sean precisos para la interpretación, aplicación y desarrollo de lo establecido en esta orden.

Segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Anexos

Omitidos.

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