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MODIFICACIÓN DE LA ORDEN TRI/260/2005

17/10/2005
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Orden TRI/400/2005, de 27 de septiembre, por la que se modifica la Orden TRI/260/2005, de 1 de junio, por la que se aprueban las bases para la concesión de ayudas para la realización de las diagnosis del programa Créixer y se abre la convocatoria para el año 2005 (DOGC de 17 de octubre de 2005). Texto completo.

§1013039

ORDEN TRI/400/2005, DE 27 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN TRI/260/2005, DE 1 DE JUNIO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE LAS DIAGNOSIS DEL PROGRAMA CRÉIXER Y SE ABRE LA CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2005.

La Orden TRI/260/2005, de 1 de junio, aprueba las bases y abre la convocatoria para la concesión de ayudas para la realización de las diagnosis del programa Créixer.

El artículo 19 de la Orden establece que en el supuesto de que exista concurrencia con otras subvenciones, el importe total de las subvenciones concedidas en ningún caso puede superar la intensidad máxima prevista en esta línea de ayudas.

Una vez se han empezado a gestionar estas ayudas y teniendo en cuenta las características de las empresas que se presentan, se considera conveniente incrementar esta intensidad máxima.

Por lo que visto el informe previo de la Asesoría Jurídica, y en uso de las atribuciones que me son conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Se modifica el artículo 19 de la Orden TRI/260/2005, de 1 de junio, por la cual se aprueban las bases para la concesión de ayudas para la realización de las diagnosis del programa Créixer y se abre la convocatoria para el año 2005, que queda redactada de la siguiente manera:

“En el supuesto de que exista concurrencia con subvenciones de otras entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, el importe total de las subvenciones concedidas en caso alguno puede superar el coste de la actuación subvencionada.”

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