DECRETO 74/2005, DE 25 DE ABRIL, POR EL QUE SE DELEGAN DETERMINADAS COMPETENCIAS EN EL CONSEJERO PRIMERO DEL GOBIERNO DE LA GENERALIDAD.
De conformidad con lo que disponen los artículos 5 y 6 de la Ley 1/2005, de 31 de marzo, del consejero o consejera primero del Gobierno de la Generalidad, y el artículo 64 de la Ley 3/1982, de 23 de marzo, del Parlamento, del Presidente y del Consejo Ejecutivo de la Generalidad,
Decreto:
Artículo único
Delegar en el consejero primero del Gobierno de la Generalidad, hasta el final de la actual legislatura, las competencias siguientes:
a) Coordinar el programa legislativo del Gobierno y la elaboración de disposiciones reglamentarias.
b) Coordinar la acción exterior del Gobierno.
Disposición final
Este Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.