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  • EDICIÓN DE 10/03/2005
 
 

LIBROS-REGISTRO Y EL DEBER DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA Y CONTABLE

10/03/2005
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Orden ECF/82/2005, de 24 de febrero, de los libros-registro y el deber de información estadística y contable de los corredores y las corredoras de seguros y de las sociedades de correduría de seguros (DOGC de 10 de marzo de 2005). Texto completo.

ORDEN ECF/82/2005, DE 24 DE FEBRERO, DE LOS LIBROS-REGISTRO Y EL DEBER DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA Y CONTABLE DE LOS CORREDORES Y LAS CORREDORAS DE SEGUROS Y DE LAS SOCIEDADES DE CORREDURÍA DE SEGUROS.

Visto el artículo 10.1.4 del Estatuto de autonomía de Cataluña que atribuye a la Generalidad el desarrollo legislativo y la ejecución en materia de ordenación del crédito, banca y seguros, en el marco de la legislación básica del Estado y, si procede, en los términos que aquella legislación establezca;

Vista la Ley estatal 9/1992, de 30 de abril, de mediación en seguros privados, la cual establece en su disposición adicional primera el carácter básico de la misma, así como la delimitación competencial de las comunidades autónomas en el ámbito de la mediación en seguros privados;

Visto el Decreto 347/1995, de 28 de diciembre, de asunción de competencias sobre mediación en el seguro privado;

Visto el Real decreto 301/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los libros-registro y el deber de información estadística y contable de los corredores y las corredoras de seguros y de las sociedades de correduría de seguros, cuyos artículos 1, 2, el apartado segundo del artículo 3 y la disposición transitoria única tienen la consideración de bases de la ordenación de los seguros privados,

Ordeno:

Artículo 1

Los corredores y las corredoras de seguros y las sociedades de correduría de seguros que, en virtud del artículo 1 del Decreto 347/1995, de 28 de diciembre, de asunción de competencias sobre mediación en el seguro privado, se encuentran bajo la supervisión de la Generalidad de Cataluña están obligados a llevar los libros-registro y sometidos a las obligaciones contables exigidas por el Real decreto 301/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los libros-registro y el deber de información estadística y contable de los corredores y las corredoras de seguros y de las sociedades de correduría de seguros, mediante los modelos que se aprueban y publican como anexo a la presente Orden.

Artículo 2

Las referencias al Ministerio de Economía y a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Real decreto 301/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los libros-registro y el deber de información estadística y contable de los corredores y las corredoras de seguros y de las sociedades de correduría de seguros se entenderán hechas al Departamento de Economía y Finanzas y a la Dirección General de Política Financiera y Seguros.

Artículo 3

La remisión a la Dirección General de Política Financiera y Seguros, del Departamento de Economía y Finanzas, de la información contenida en el anexo de la presente Orden deberá llevarse a cabo mediante una de las siguientes opciones:

a) Mediante medios telemáticos: antes del 31 de julio del año siguiente al que la información se refiere.

b) Mediante papel impreso: antes del 30 de abril del año siguiente al que la información se refiere.

En este sentido, los colegios provinciales de Mediadores de Seguros Titulados de Cataluña podrán representar a sus asociados, de acuerdo con lo previsto por el artículo 15 del Decreto 347/1995.

Disposición final

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC y la información estadística y contable anual que incluirá datos referentes a la distribución del capital social de las sociedades, estructura de la organización, programa de formación que se imparte a los empleados y colaboradores mercantiles, cartera de seguros intermediada y cuenta de pérdidas y ganancias que se remitirá, según el artículo 3 de la presente Orden, será la correspondiente al cierre del ejercicio 2004 y sucesivos.

Anexo

Documentación estadística y contable anual de los corredores y las corredoras de seguros y de las sociedades de correduría de seguros

Modelos que integran la documentación estadística y contable anual:

Modelo 0.1: Declaración del corredor/a de seguros, persona física.

Modelo 0.2: Declaración de representante legal de las sociedades de correduría de seguros.

Modelo 1: Estructura de la organización.

Modelo 2: Cartera de seguros intermediada.

Modelo 2.1: Distribución en ramos no vida.

Modelo 2.2: Distribución en ramos vida.

Modelo 3: Datos contables.

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