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  • EDICIÓN DE 14/01/2005
 
 

TRANSPARENCIA EN LA INFORMACIÓN ECONÓMICA Y ESTADÍSTICA

14/01/2005
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El Gobierno ha plasmado su compromiso con la transparencia en un acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos que pretende mejorar y potenciar la transparencia en la información económica y estadística. El acuerdo vincula a la Administración General del Estado y a las entidades que dependen de ella; en particular, el Instituto Nacional de Estadística, los Ministerios que forman parte de la Comisión Delegada del Gobierno y el Banco de España.

El principio de transparencia es uno de los compromisos adquiridos por el Gobierno con la ciudadanía y su plasmación en este acuerdo no sólo afecta a la cantidad de información suministrada, sino sobre todo a la calidad. El Gobierno se compromete a que el conjunto de la información económica y estadística sea publicada de manera periódica y previsible, cumpliendo unos calendarios que el ciudadano conozca. Además, debe ser publicada de forma que resulte útil al ciudadano con la suficiente desagregación y en soportes accesibles, adecuados a las nuevas tecnologías y que permitan su estudio y análisis.

El acuerdo se sustenta en cuatro principios: toda la información de contenido económico y estadístico es susceptible de ser publicada; ha de hacerse con el mayor grado posible de difusión, con un acceso de primer nivel en la página web principal de cada ministerio; deben fijarse calendarios concretos y reducirse al máximo los plazos, tanto el de publicación como el de desfase, y presentarse de manera lo más útil posible, facilitando las fuentes, notas metodológicas y modelos utilizados.

A partir de este acuerdo se publicarán estadísticas que hasta ahora no se difundían. Las principales novedades son la publicación de los datos mensuales de recaudación y de grandes empresas; los índices comparativos del nivel de precios entre los formatos de distribución de ámbito nacional; el desarrollo de un sistema de información sanitaria; y las inversiones en proyectos medioambientales que reciben fondos comunitarios. Por su parte, el Instituto Nacional de Estadística procederá al enlace histórico de todas las series cuya base metodológica haya cambiado, y el Banco de España se compromete a publicar las estadísticas y el balance agregado de las sociedades de tasación.

Las estadísticas más destacables en las que se fijará un calendario son, entre otras, el precio de la vivienda, la licitación oficial en construcción y el anuario de estadística agroalimentaria.

Grupo de trabajo Este acuerdo se irá adaptando y actualizando para adaptarse a las nuevas necesidades y requerimientos de información. Para ello se creará un grupo de trabajo que someterá a evaluación el alcance y resultados del presente acuerdo, realizará propuestas de mejora y estudiará la conveniencia de promulgar una Ley de Transparencia en la Información Económica. Este grupo de trabajo estará formado por representantes del Instituto Nacional de Estadística, del Ministerio de Economía y Hacienda, así como de los restantes Ministerios que participan en la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, por representantes de la Oficina Económica del Presidente del Gobierno y, en su caso, por expertos externos.

Además, la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos revisará a los seis meses el grado de cumplimiento de los compromisos asumidos por los distintos ministerios en dicho acuerdo, e incorporará novedades y mejoras si fuesen necesarias.

ACUERDO DE LA COMISIÓN DELEGADA DEL GOBIERNO PARA ASUNTOS ECONÓMICOS SOBRE MEJORAS EN LA TRANSPARENCIA EN EL ÁMBITO DE LA INFORMACIÓN ECONÓMICA Y ESTADÍSTICA PROPORCIONADA POR EL GOBIERNO

Exposición de Motivos

El artículo 23.1 de nuestra Constitución reconoce el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos, bien directamente o bien a través de sus representantes.

Por su parte, el artículo 103 de nuestra Carta Magna establece que la Administración sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho.

Para hacer posible de una manera real el primero de los derechos, y para que los ciudadanos puedan ejercer un control efectivo de que la Administración actúa conforme exige el segundo de los artículos citados, constituye un elemento esencial la información recibida de los poderes públicos.

Dentro de esta información, la información estadística es esencial para conocer la realidad económica y social del país, por lo que el Estado, en colaboración con Comunidades Autónomas y Entes Locales, son los que deben velar porque esta información estadística se suministre a los agentes en tiempo y forma adecuada, sin ninguna restricción, salvo aquellas que marque el secreto estadístico, con la máxima calidad posible y asegurando que su acceso sea universal, evitando cualquier tipo de discriminación. Asimismo, la información económica es también muy relevante, por lo que este acuerdo trata de vincular a todos los centros que la ofrecen con los criterios de máxima difusión, plena accesibilidad, calidad y transparencia.

La importancia de estos derechos indujo a introducir en la Carta Magna la regulación jurídica de la función estadística (artículos 18.1 y 4, y el artículo 53.1), delimitando qué poder público es el responsable de la formación y difusión de estadísticas y qué normas se deben utilizar para regular estos aspectos. En este sentido, es clave la delimitación del ámbito competencial sobre materia estadística que asigna al Estado el artículo 149.1.31 de la Constitución (estadística para fines estatales). Dado que la Constitución no fija límites materiales para la actividad estadística del Estado, el ámbito material de las estadísticas estatales es potencialmente ilimitado. Por tanto, y a diferencia de otras materias, el Estado tiene reconocidas competencias plenarias para regular y ejecutar estadísticas, siempre que sean para fines estatales. Y ello, con independencia de las competencias, asimismo plenas, de que disponen las Comunidades Autónomas para ordenar y realizar las estadísticas que conciernen a sus intereses.

Por lo tanto, por el poder que le otorga la Constitución y por el mandato que emana de la ley 12/1989 de la Función Estadística Pública, el Gobierno es el último responsable de hacer cumplir los principios de elaboración y ejecución de todas las estadísticas estatales, así como de coordinar con los entes territoriales aquellas estadísticas para fines estatales que realizan con su colaboración. Asimismo, es el responsable de hacer valer los preceptos de calidad, transparencia, homogeneidad y difusión de toda la información estadística para fines estatales. A este respecto, son estadísticas para fines estatales todas las incluidas en el Plan Estadístico Nacional, ya sea las incluidas directamente en el Real Decreto que lo aprueba o las incluidas en los reales decretos posteriores por los que se incorporan nuevas estadísticas al Plan. La función estadística pública se desarrolla en el ámbito de la Administración del Estado por el Instituto Nacional de Estadística, el Consejo Superior de Estadística y las unidades de los diferentes Departamentos Ministeriales y de cualesquiera otras entidades dependientes de la misma a las que se haya encomendado aquella función.

El Instituto Nacional de Estadística es el encargado de la coordinación general de los servicios estadísticos de la Administración Estatal, así como de la vigilancia, control o supervisión de las competencias de carácter técnico de los servicios estadísticos estatales. En este sentido, el Instituto Nacional de Estadística ofrece apoyo y asistencia técnica a los servicios estadísticos de los Departamentos Ministeriales y organismos autónomos y demás entidades públicas en la utilización de las distintas metodologías estadísticas. Por último, es su responsabilidad la promoción de la difusión de estadísticas no producidas por él mismo, pero incluidas en el Plan Estadístico Nacional.

Hacer que estos derechos sean de verdad sentidos y asumidos por el ciudadano exige garantizar la transparencia en toda la información proporcionada por los poderes públicos, estadística y económica, más allá del acceso a expedientes o datos concretos de forma que el ciudadano, con esa información, decida su participación en los asuntos públicos y pueda conocer la actividad de la Administración. En el ámbito de la información económica y estadística, la exigencia de transparencia de los poderes públicos es más relevante y adquiere la categoría de principio que debe guiar la actuación de los poderes públicos.

Este principio de transparencia afecta no sólo a la cantidad de información económica y estadística suministrada, sino sobre todo, a la calidad de la misma. Dicho conjunto de información debe ser publicado de manera periódica y previsible, cumpliendo unos calendarios que el ciudadano conozca, para que pueda adaptar a ellos su ritmo de conocimiento de los poderes públicos. Pero además debe ser publicada de forma que resulte útil al ciudadano, es decir, con la suficiente desagregación como para dar una idea exacta del funcionamiento de los poderes públicos. Por último, debe ser publicada en soportes accesibles, adecuados a las técnicas modernas y que permitan su estudio y análisis.

Todo lo anterior, lógicamente, debe hacerse con el máximo respeto a las limitaciones que el ordenamiento jurídico impone a la difusión de información, en general y a la estadística en particular. Así, la propia Constitución en el artículo 105 hace referencia al límite de la seguridad y defensa del Estado, la averiguación de los delitos y la intimidad de las personas. Límites que son desarrollados en las distintas normas legales, como la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal, la Ley 9/1968, de Secretos Oficiales o la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública.

El presente acuerdo constituye un paso más en la estrategia de transparencia defendida por el Gobierno, estrategia que debe culminar en un proceso que implique a todas las administraciones y que instaure, de forma definitiva y duradera, el principio de transparencia en la información económica y estadística suministrada por las mismas.

Este acuerdo vincula a la Administración del Estado y, en particular, al Instituto Nacional de Estadística y a los Ministerios que forman parte de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. En el marco de su autonomía, el Banco de España se suma al presente acuerdo, asumiendo determinados compromisos.

En virtud de todo lo anterior, la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos DISPONE:

Primero.- Principios generales El presente acuerdo se toma respetando los siguientes principios:

I. Toda la información de contenido económico y estadístico es susceptible de ser publicada, salvo justificación expresa amparada en la legislación vigente sobre secreto estadístico y protección de datos.

II. Esta información debe ser publicada con el mayor grado posible de difusión.

La información debe estar disponible para el público en general, en formato electrónico y accesible cómodamente en Internet.

III. La información económica y estadística debe estar disponible con la mayor brevedad posible. En este sentido hay que reducir lo máximo posible dos plazos: el de desfase y el de publicación. Para reducir al máximo dichos plazos es necesario fijar calendarios concretos y estrictos de publicación de los distintos datos económicos y estadísticos.

IV. Se debe presentar de manera que sea lo más útil posible, facilitando su análisis y su estudio. Esto incluye una explicación sobre las fuentes utilizadas, notas metodológicas y modelos utilizados.

Segundo.- Compromisos asumidos por los Ministerios partícipes en la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos Los Ministerios que forman parte de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos asumen los siguientes compromisos generales:

I. Respeto de los principios generales de transparencia en la información económica y estadística reflejados en el apartado primero.

II. Asegurar que toda la información estadística de cada Ministerio, incluidos los calendarios y las notas metodológicas, esté accesible y agrupada desde un acceso de primer nivel en la página Web principal de cada Ministerio.

Asimismo, los Ministerios que integran la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos asumen los compromisos concretos reflejados en el presente acuerdo.

Tercero.- Compromisos asumidos por el Ministerio de Economía y Hacienda, sus organismos adscritos y otras entidades El Ministerio de Economía y Hacienda asume los siguientes compromisos:

I. Dar la mayor difusión posible a la siguiente información publicable, estableciendo un calendario explícito de publicación para aquella que sea periódica:

- En el ámbito de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria:

a. Informe mensual de recaudación, en el que se faciliten datos del mes y acumulados del periodo de la recaudación de los principales impuestos, diferenciando los ingresos tributarios del Estado y la participación que en la recaudación de algunos impuestos tienen las Comunidades Autónomas incluyendo una comparativa interanual.

Esta información se acompañará de una nota metodológica y de un comentario a las cifras de cada mes. La fecha de difusión será a partir del día 20 del mes siguiente al de la recaudación referido.

b. Informe mensual de grandes empresas. Irá acompañado de una nota metodológica y de comentarios a las principales cifras. Este informe estará en disposición de publicarse a partir del 5 de cada mes, recogiendo las declaraciones del mes anterior.

- En el ámbito de la Secretaría General de Presupuestos y Gastos:

a. Relación de proyectos aprobados por el Fondo de Cohesión.

b. Relación de grandes proyectos financiados por FEDER en el marco de los programas operativos y documentos únicos de programación.

c. Acceso de las Comunidades Autónomas y otros gestores de los fondos FEDER a la información sobre la ejecución de los programas operativos en los que estén implicados y no solo a su propia ejecución en dichos programas

- En el ámbito de la Secretaría General de Hacienda:

a. Análisis de datos estadísticos correspondientes al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, al Impuesto sobre el Patrimonio, al Impuesto sobre el Valor Añadido y al Impuesto de Sociedades.

Elaborados y publicados con periodicidad anual, estos análisis verán ampliado su ámbito de divulgación al público general.

b. Recaudación y estadísticas del sistema Tributario Español. Esta información verá ampliado su ámbito de divulgación al público general. En la actualidad se elabora y publica con periodicidad anual.

II. Realizar las siguientes mejoras con respecto a la información que ya ofrece:

- En el ámbito de la Secretaría de Estado de Economía:

a. Mejorar el actual acceso, vía Internet, a la Síntesis de Indicadores Económicos.

b. Reducir a cuatro meses el desfase en la publicación de los datos de inversiones en el ámbito de la Dirección General de Seguros.

- En el ámbito de la Secretaría General de Hacienda:

a. Publicar en Internet, en formato operativo para su tratamiento directo, los datos procedentes de las estadísticas sobre Presupuestos y Liquidaciones de Entidades Locales y Presupuestos y Liquidaciones de Comunidades y Ciudades Autónomas. Como novedad respecto a los contenidos de las publicaciones ya existentes en papel, se va a llevar a cabo la publicación de datos presupuestarios individualizados por municipios, Diputaciones Provinciales y otras entidades locales*.

b. Publicar en Internet el Inventario de Entes del Sector Público Local, Autonómico y Ciudades con Estatuto de Autonomía.

c. Publicar en Internet anualmente la Liquidación Anual del Sistema de Financiación de Comunidades Autónomas y Entidades Locales.

d. Diseñar una página web, conjuntamente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre normativa tributaria correspondiente a Comunidades Autónomas y Entidades Locales para ofrecer una información legislativa homogénea y actualizada.

e. Crear y publicar en Internet una herramienta para la explotación de los datos derivados de la estadística sobre tipos impositivos locales.

- En el ámbito de la Intervención General de la Administración del Estado:

* Dado que la información contenida en estas publicaciones es generada por cada una de las entidades locales, la mejora se implantará con el conocimiento previo de sus órganos representativos.

a. Publicar la delimitación institucional del sector Administraciones Públicas en el informe anual “Actuación Económica y Financiera de las Administraciones Públicas”.

b. Suministrar información de las principales magnitudes (inversión, déficit, deuda...) de aquellas unidades que tengan un impacto significativo en las cuentas del Estado, y que forman parte del sector Administraciones Públicas pero no estén incluidas en el presupuesto.

c. Especificar, en cada uno de los apartados de los diferentes informes, el sector, subsector o agente a que va referida la información contenida en el mismo.

d. Realizar un análisis detallado de la composición del déficit público por unidades públicas responsables de la gestión, con independencia de los criterios de delimitación institucional establecidos en la Contabilidad Nacional (SEC 95).

e. Realizar un análisis más detallado de la titularidad de los recursos públicos por unidades públicas, con independencia de los criterios de delimitación institucional establecidos en la contabilidad nacional (SEC 95).

f. Realizar un análisis más detallado de los impuestos, incluyendo el ajuste por recaudación incierta desglosada por cada una de las categorías de impuestos y cotizaciones sociales.

g. Realizar un análisis más detallado de la participación en la gestión de los gastos públicos por unidades públicas responsables de la misma, con independencia de los criterios de delimitación institucional establecidos en la contabilidad nacional (SEC 95).

h. Ofrecer la información que permita conocer el destino de las subvenciones y transferencias concedidas por las Administraciones públicas.

i. Cambiar el esquema de presentación de la información para que se pueda conocer el origen de las necesidades de financiación, tanto por operaciones no financieras como por activos financieros, así como la procedencia de los recursos financieros y el enlace de los mismos con la variación del endeudamiento de acuerdo a los criterios fijados en el Procedimiento de Déficit Excesivo.

j. Incorporar, para cada uno de los capítulos del Presupuesto de Gastos, la desagregación oportuna a efectos de valorar la naturaleza económica de los pagos efectuados por el Estado.

k. Incorporar, tanto en términos de caja como de contabilidad nacional, un mayor detalle de “Indicadores de la Actividad Económica y Presupuestaria del Estado”, con el fin de dar a conocer la incidencia que tiene en el déficit actual la financiación del déficit registrado en años anteriores.

III. Llevar a cabo las actuaciones necesarias para que en plazo más breve posible se comience a publicar la siguiente información, estableciendo un calendario explícito de publicación:

- En el ámbito de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria:

a. Estadísticas sobre declaraciones anuales: se ofrecerá un desglose de determinadas partidas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Patrimonio, Sociedades e Impuesto sobre el Valor Añadido, como complemento a los datos que ya se publican en la Memoria de la Administración Tributaria.

b. Estadísticas de cuentas anuales: se añadirá a las ya existentes del Impuesto de Sociedades, Impuesto del Valor Añadido y modelo 190, una explotación de los datos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otra del Impuesto del Patrimonio.

- En el ámbito de la Secretaría General de Hacienda:

a. Estadísticas sobre ordenanzas fiscales del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Esta información permitirá conocer los acuerdos adoptados por los ayuntamientos sobre beneficios fiscales referentes al Impuesto sobre Bienes Inmuebles. El objetivo es su publicación anual a partir de 2005.

b. Información sobre la presión fiscal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles: Con ello se pretende informar sobre la evolución de la presión fiscal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles a lo largo de los ejercicios. Se pretende su publicación con carácter anual a partir de 2005.

c. Estadísticas sobre usos, antigüedades, categorías de construcción y superficies en inmuebles urbanos. Se pretende su publicación anual a partir de 2005.

d. Ponencia de valores: esta información es relativa a callejeros de valores por usos así como a planos de zonificación. Se tiene como objetivo garantizar su publicación anual a partir del 30 de julio de 2005.

e. Suelo urbano vacante: recoge información sobre la superficie de suelo urbano disponible sin edificar en m2 por municipios (suelo urbano + urbanizable programado). Se pretende su publicación anual a partir de 2004.

f. Publicación en Internet de la cartografía catastral rústica y urbana.

Contiene planos parcelarios catastrales que permiten la identificación y localización de cualquier bien inmueble. Se pretende su actualización diaria a partir del 2004. De hecho, la mejora comenzó a llevarse a cabo en octubre 2004 y ya hay informatizados 6.500 municipios.

g. Haciendas Territoriales en cifras: No se publica en la actualidad y el último que se publicó es el correspondiente a 1998-1999. Se pretende, pues, retomar su publicación a partir de 2005, con carácter bianual.

h. La descentralización del gasto público en España: No se publica en la actualidad y el último que se publicó es el correspondiente a 1998- 1999. Se pretende, pues, retomar su publicación a partir de 2005, con carácter bianual - En el ámbito de la Intervención General de la Administración del Estado:

a. Cuentas trimestrales de las Administraciones Públicas.

b. Estado de compromisos con cargo a ejercicios futuros.

c. Estado de Gastos pendientes de imputar a presupuesto.

d. Estado de ejecución de inversiones.

e. Boletín estadístico, que contenga las series anuales de información estadística del sector Administraciones Públicas, tanto desde la óptica de la contabilidad nacional como de la contabilidad presupuestaria de los agentes integrantes del citado sector. Este Boletín presentará la información estructurada en series temporales con la debida coherencia metodológica.

f. Notas metodológicas al Boletín estadístico, que recogerá la metodología utilizada para la elaboración del Boletín estadístico, las fuentes de información de base y cualquier aspecto que se considere relevante para una correcta interpretación de las series estadísticas.

g. Manual de cálculo del déficit en contabilidad nacional adaptado a las Corporaciones Locales.

h. Manual de cálculo del déficit en contabilidad nacional adaptado a las Comunidades Autónomas.

i. Informes sobre la actividad desarrollada por las empresas públicas.

El Instituto Nacional de Estadística adquiere los siguientes compromisos:

I. El Instituto Nacional de Estadística procederá al enlace histórico de todas las series cuya base metodológica haya cambiado con el fin de preservar la información histórica. En caso de que fuera relevante, en la presentación de las series se hará constar si el enlace es únicamente un ejercicio matemático, que posibilita disponer de una serie histórica a los expertos para estudios y análisis, o si tiene un carácter oficial, y por tanto, legal.

II. Se pondrán en Internet los microdatos (o micropaneles) que hayan sido previamente anonimizados mediante un procedimiento estándar para garantizar acceso universal. En los casos en los que no exista un procedimiento estándar de anonimización, el suministro se hará en función de la petición y los ficheros de microdatos no se pondrán en la red, aunque se informará de su contenido.

III. El Instituto Nacional de Estadística mejorará el acceso a los datos en forma de series cronológicas, preservando toda la información histórica que se venía almacenando en el sistema TEMPUS con el grado de precisión existente anteriormente.

El Banco de España adquiere los siguientes compromisos:

I. Publicar las estadísticas y el balance agregado de las Sociedades de Tasación.

II. Publicar la estadística de deuda de cada una de las Corporaciones Locales de más de 500.000 habitantes.

III. Comenzar a publicar detalles adicionales de deuda de Empresas Públicas de las Comunidades Autónomas.

Cuarto.- Compromisos asumidos por el Ministerio de Fomento El Ministerio de Fomento asume los siguientes compromisos:

I. Adoptar y publicar un calendario explícito de difusión de las siguientes estadísticas:

a. Encuesta de Coyuntura de la Industria de la Construcción.

b. Licitación Oficial en Construcción.

c. Adjudicaciones de Obras del Grupo Fomento.

d. Estadísticas de Edificación y Vivienda

e. Estadísticas de Obras en Edificación.

f. Indicadores de Costes de la Construcción.

g. Encuesta del transporte de Mercancías por Carretera.

II. Reducir el desfase en la publicación de la información siguiente:

a. Estadística de la Estructura de la Industria de la Construcción: se reducirá de 18 a 15 meses.

b. Boletín trimestral: publicación dentro del mes siguiente al trimestre de referencia.

III. Elaborar una nueva Encuesta de Movilidad de Personas Residentes en España, que se publicará antes de 2007.

Quinto.- Compromisos asumidos por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales El Ministerio de Trabajo asume los siguientes compromisos:

I. Adoptar un calendario explícito para la publicación de la información siguiente:

a. Datos mensuales de paro registrado: el compromiso es publicarlos en el segundo día hábil de cada mes. En el caso de que los dos primeros días del mes fuesen inhábiles o uno de ellos fuese sábado, los datos se facilitarán un día más tarde.

b. Datos mensuales de afiliación a la Seguridad Social: el compromiso es idéntico al del paro registrado.

c. Datos mensuales de afiliados extranjeros.

d. Datos mensuales de pensiones contributivas e. Situación de Tesorería de la Seguridad Social.

II. Realizar las siguientes mejoras con respecto a la información disponible:

a. Publicar la distribución de afiliados a la Seguridad Social por provincias y por sectores.

b. Publicar la distribución de afiliados de capitales de provincias y municipios de más de 40.000 habitantes.

c. Ofrecer un mayor desglose por género en la información sobre prestaciones.

d. Ofrecer mayor información en la distribución por tramos de las pensiones públicas.

e. Mejorar las estadísticas sobre Procesos de Incapacidad Temporal.

f. Ofrecer mayor información en relación con los proyectos financiados por el Fondo Social Europeo.

Sexto.- Compromisos asumidos por el Ministerio de Medio Ambiente El Ministerio de Medio Ambiente asume los siguientes compromisos:

I. Adoptar un calendario explícito de publicación respecto de la siguiente información:

a. Informe de Coyuntura de Medio Ambiente, incluyendo las series comprendidas en dicho informe comenzando por los años 2003 y 2004.

II. Publicar “exnovo” la información siguiente:

a. Síntesis de datos de Coyuntura Medioambiental.

b. Planes y Programas Medioambientales vigentes.

c. Fondos Comunitarios

Séptimo.- Compromisos asumidos por el Ministerio de Educación y Ciencia El Ministerio de Educación y Ciencia asume los siguientes compromisos:

I. Adoptar un calendario explícito para la difusión de las siguientes estadísticas:

a. Enseñanzas anteriores a la Universidad.

b. Gasto público en educación.

c. Becas y ayudas al estudio.

d. Alumnado universitario de 1º, 2º y 3er. Ciclo.

e. Profesorado y otro personal de las Universidades.

f. Registro Nacional de Universidades, centros y enseñanzas.

g. Acción educativa en el exterior.

h. Sistema estatal de Indicadores de la educación.

i. Financiación pública para I+D.

II. Realizar las siguientes mejoras con respecto a la información disponible:

a. Reducir el desfase en la publicación de los resultados definitivos de las Estadísticas de la Educación.

b. Ampliar en Internet la información histórica de las Estadísticas de la Educación.

c. Revisar el Sistema estatal de Indicadores de la educación y elaborarlo con una periodicidad anual, a partir de 2006.

d. Iniciar la elaboración de un Catálogo de Indicadores universitarios.

e. Difusión anual de los Indicadores del Sistema Español de Ciencia y Tecnología.

f. Profundizar en el análisis de la presencia de la mujer en el sistema educativo, científico y tecnológico.

g. Mejorar las estadísticas del gasto privado en educación en colaboración con el Instituto Nacional de Estadística.

Octavo.- Compromisos asumidos por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio asume los siguientes compromisos:

I. Fijar un calendario explícito de publicación y aumentar la frecuencia y la difusión de la información siguiente:

a. Indicadores relativos a la Sociedad de la Información.

b. Encuesta de Coyuntura Industrial.

c. Datos de comercio exterior. Estos datos tienen ya un calendario, que lo fija el último jueves de mes, dos meses después de la finalización al mes de referencia.

d. Encuesta de Coyuntura de la Exportación.

II. Comenzar a publicar los datos siguientes:

a. Índices comparativos del nivel de precios entre los formatos de distribución de ámbito nacional.

b. Base desagregada de precios de venta al público de bienes o productos no alimenticios y servicios.

c. Un nuevo Índice de Tendencia de la Competitividad (ITC) deflactado mediante los Índices de Valor Unitario de las exportaciones.

III. Realizar las siguientes mejoras con respecto a la información disponible:

a. Publicar series históricas de precios de venta al público de productos alimenticios más amplias.

b. Ofrecer datos desagregados por CCAA de las inversiones del Plan Marco de Modernización del Comercio Interior.

c. Reducir a cuatro meses el desfase en la publicación de los datos del Registro de Inversiones Exteriores d. Actualizar las ponderaciones del actual Índice de Tendencia de la Competitividad (ITC), utilizando como base los datos medios de exportación de España a sus principales mercados, para el período 2000-2003, así como ampliar el número de países frente a los cuales se calcula el ITC actual.

Noveno.- Compromisos asumidos por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación asume los compromisos siguientes:

I. Fijar un calendario explícito de publicación de la siguiente información:

a. Anuario de Estadística Agroalimentaria.

b. La Agricultura, la Pesca y la Alimentación en España.

II. Realizar las siguientes mejoras con respecto a la información disponible:

a. Publicar con un desfase de un mes el Boletín Mensual de Estadística.

b. Establecer una periodicidad anual para la publicación de la información de actividad del FEGA.

Décimo.- Compromisos asumidos por el Ministerio de Sanidad y Consumo El Ministerio de Sanidad y Consumo adquiere los siguientes compromisos:

I. Desarrollo de un nuevo Sistema de Información Sanitaria a partir de 2005 y que culminará en 2007. Dentro de su desarrollo se contemplan las siguientes cuestiones:

a. Establecer un plan de calidad de los sistemas de información económica y estadística, por el que normalizar los sistemas de información sanitaria y elaborar guías de procedimiento y glosario de términos de información sanitaria.

b. Desarrollar nuevos sistemas de información, como es el caso de la información sobre Atención Primaria, de la actividad socio-sanitaria, o el catálogo general de recursos físicos del Sistema Nacional de Salud.

II. Proporcionar la información siguiente:

- En el ámbito de la Dirección General de Farmacia:

a. Proporcionar series históricas, mensuales y anuales de gasto farmacéutico b. Proporcionar información de precios, con acceso libre, de fármacos autorizado.

- En el ámbito de la Dirección General de Salud Pública:

a. Proveer información sobre cobertura de vacunaciones con periodicidad anual, estando disponible en el primer trimestre del año siguiente al de referencia.

- En el ámbito de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios:

a. Compromiso de publicar series de medicamentos autorizados con periodicidad mensual, con una serie histórica, con libre acceso y con un desfase mensual o bimensual.

b. Compromiso de publicar series de principios activos con periodicidad mensual, con una serie histórica, con libre acceso y con un desfase mensual o bimensual.

III. Realizar mejoras con relación a la siguiente información:

- En el ámbito de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios:

a. Cambio de la metodología empleada en lo referente a fármacos registrados, denominándose a partir de ahora medicamentos autorizados.

b. Difusión de las estadísticas de estupefacientes, con niveles de desagregación elevados y con una periodicidad inferior a los epígrafes anteriores.

Undécimo.- Compromisos asumidos por el Ministerio de Vivienda El Ministerio de Vivienda asume los siguientes compromisos:

I. Fijar un calendario explícito de publicación y aumentar la frecuencia y la difusión de las siguientes estadísticas:

a. Precios de viviendas con cambio metodológico.

b. Gasto público en vivienda.

II. Creación de las siguientes estadísticas, fijando un calendario explícito de publicación, dándole la máxima difusión:

a. Encuesta sobre transacciones inmobiliarias.

b. Cuentas satélite de la vivienda.

c. Cuenta satélite sobre el uso del suelo.

Duodécimo.- Seguimiento y revisión de los compromisos asumidos Los Ministerios implicados asumen un compromiso de actualización y revisión continua de este acuerdo para adaptarlo a nuevas necesidades y a nuevos requerimientos de información en cumplimiento de los principios generales incorporados en el mismo.

La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos revisará en el plazo de seis meses el grado de cumplimiento de los compromisos asumidos por los Departamentos Ministeriales que en ella participan. Asimismo, incorporará las novedades y mejoras que sean necesarias.

Decimotercero.- Creación de un Grupo de Trabajo para la mejora de la transparencia en la información económica y estadística La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos acuerda crear un Grupo de Trabajo para la mejora de la transparencia, que tendrá por objetivos los siguientes:

I. Someter a evaluación externa el alcance y resultados del presente acuerdo.

II. Realizar propuestas de mejora.

III. Estudiar la viabilidad de culminar el proceso de aumento de la transparencia en la información económica y estadística con la promulgación de una Ley de Transparencia en la Información Económica que recoja todos los principios previstos en el presente acuerdo y las mejoras recogidas a lo largo de las distintas fases de dicho proceso El Grupo de Trabajo estará formado por representantes del Instituto Nacional de Estadística, del Ministerio de Economía y Hacienda así como de los restantes Ministerios partícipes en la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, de representantes de la Oficina Económica del Presidente del Gobierno y, en su caso, por expertos externos.

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