DECRETO 475/2004, DE 28 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE PRORROGA LA SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA TRAMITACIÓN Y LA APROBACIÓN DE DETERMINADOS PROGRAMAS DE ORIENTACIÓN COMERCIAL
Mediante el Decreto 287/2004, de 11 de mayo, se suspendió temporalmente la tramitación y la aprobación de los programas de orientación para los equipamientos comerciales a que se refiere el apartado e) del punto 2 del artículo 8 del Decreto 211/2001, de 24 de julio, por el que se aprueba el Plan territorial sectorial de equipamientos comerciales (PTSEC), como medida destinada a facilitar los trabajos de la preceptiva revisión de este Plan.
El apartado 1 del artículo único del Decreto mencionado establece que la suspensión tendrá un plazo máximo de ocho meses, prorrogables por otros cuatro meses, y en el apartado 2 se prevé que se levante la suspensión automáticamente en el supuesto que el nuevo Plan territorial sectorial de equipamientos comerciales entre en vigor antes de finalizar el plazo.
Dado que, aunque se encuentra en una fase avanzada de elaboración, no han culminado todavía los trabajos de revisión del Plan, se hace necesario acogerse a la previsión de la prórroga referida de cuatro meses más, para evitar la distorsión que podría suponer, en estos momentos, la tramitación de los programas de orientación comercial objeto de la suspensión.
Por eso, de conformidad con lo que establecen las disposiciones vigentes, a propuesta del consejero de Comercio, Turismo y Consumo y de acuerdo con el Gobierno,
Decreto:
Artículo único
Se prorroga durante cuatro meses más la suspensión de la tramitación y la aprobación de los programas de orientación para los equipamientos comerciales que se acojan a la excepción que prevé el apartado e) del punto 2 del artículo 8 del Decreto 211/2001, de 24 de julio, por el que se aprueba el Plan territorial sectorial de equipamientos comerciales.
Disposición final
Este Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOGC.