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  • EDICIÓN DE 18/11/2004
 
 

CONFLICTOS DE COMPETENCIA, CUESTIONES Y RECURSOS DE INCONSTITUCIONALIDAD

18/11/2004
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A continuación se insertan los conflictos positivos de competencia, las cuestiones y los recursos de inconstitucionalidad publicados en el BOE de 19 de noviembre de 2004.

Conflicto positivo de competencia número 1798-1995, promovido por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña, en relación con la Disposición final 1.a del Real Decreto 2487/1994, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto regulador de las actividades de distribución al por mayor y de distribución al por menor mediante suministros directos e instalaciones fijas de carburantes y combustibles petrolíferos.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 3 de noviembre actual, ha acordado tener por desistido al Letrado de la Generalidad de Cataluña, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencia núm. 1798-1995, planteado en relación con la Disposición final 1.a del Real Decreto 2487/1994, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto regulador de las actividades de distribución al por mayor y de distribución al por menor mediante suministros directos e instalaciones fijas de carburantes y combustibles petrolíferos, declarándose extinguido el proceso.

Conflicto positivo de competencia número 3546-1997, promovido por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña, en relación con la Orden del Ministerio de Industria y Energía de 8 de abril de 1997, por la que se regula la concesión de ayudas a la exploración, investigación y desarrollo tecnológico y actividades mineras no energéticas.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 3 de noviembre actual, ha acordado tener por desistido al Abogado de la Generalidad de Cataluña, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencia núm. 3546/97, promovido en relación con la Orden del Ministerio de Industria y Energía de 8 de abril de 1997, por la que se regula la concesión de ayudas a la exploración, investigación y desarrollo tecnológico y actividades mineras no energéticas, declarándose extinguido el proceso.

Conflicto positivo de competencia núm. 3604-1999, promovido por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña, en relación con la Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto 704/1999, de 30 de abril, por el que se regulan los procedimientos de selección para el ingreso en los centros universitarios de los estudiantes que reúnan los requisitos legales necesarios para el acceso a la Universidad.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 3 de noviembre actual, ha acordado tener por desistido al Abogado de la Generalidad de Cataluña, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencia núm. 3604-1999, promovido en relación con la Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto 704-1999, de 30 de abril, por el que se regulan los procedimientos de selección para el ingreso en los centros universitarios de los estudiantes que reúnan los requisitos legales necesarios para el acceso a la Universidad, declarándose extinguido el proceso.

Conflicto positivo de competencia núm. 5113-1999, promovido por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña, en relación con el Acuerdo del Consejo de Ministros de 31 de julio de 2004, que aprueba el pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas para la adjudicación por concurso público de concesiones de radiodifusión sonora digital terrenal.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 3 de noviembre actual, ha acordado tener por desistido al Letrado de la Generalidad de Cataluña, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencia núm. 5113-1999, planteado en relación con el Acuerdo del Consejo de Ministros de 31 de julio de 1999, que aprueba el pliego de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas para la adjudicación por concurso público de concesiones de radiodifusión sonora digital terrenal, hecho público por la Resolución de 31 de julio de 1999 de la Secretaría General de Comunicaciones del Ministerio de Fomento, declarándose extinguido el proceso.

Conflicto positivo de competencia núm. 6565-2000, promovido por el Gobierno de la Nación, en relación con determinados preceptos del Decreto de la Generalidad de Cataluña 278/2000, de 31 de julio, por el que se crean las Comisiones de Secretarios Judiciales de Cataluña.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 3 de noviembre actual, ha acordado tener por desistido al Abogado del Estado, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencia núm. 6565-2000, sobre los arts. 1.2; 3.b); 4.1.2.b); 4.1.3; 5; 6, y los restantes por conexión, del Decreto 278/2000, de 31 de julio, por el que se crean las Comisiones de Secretarios Judiciales de Cataluña; así como sobre la Resolución del Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña de 4 de septiembre de 2000, por la que se inicia el procedimiento electoral establecido en el Decreto 278/2000 para el mantenimiento de los Secretarios Judiciales electos, declarándose extinguido el proceso.

Recurso de inconstitucionalidad núm. 2099-2003, promovido por el Gobierno de la Nación, en relación a la Ley del Parlamento de Cataluña 29/2002, de 30 de diciembre, Primera Ley del Código Civil de Cataluña.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 3 de noviembre actual, ha acordado tener por desistido al Abogado del Estado, en la representación que legalmente ostenta, del recurso de inconstitucionalidad núm. 2099-2003, interpuesto frente a la Ley del Parlamento de Cataluña 29/2002, de 30 de diciembre, Primera Ley del Código Civil de Cataluña, declarándose extinguido el proceso.

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