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CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA 6338/2003

17/11/2004
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Conflicto positivo de competencia 6338/2003, promovido por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña en relación con la Resolución de 25 de julio de 2003, de la Dirección General del Instituto Nacional de Empleo, por la que se prorroga para el curso 2002-2003 la convocatoria de ayudas para permisos individuales de formación del curso 2001-2002 (sentencia) (DOGC de 17 de noviembre de 2004). Texto completo.

CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA 6338/2003, PROMOVIDO POR EL GOBIERNO DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA EN RELACIÓN CON LA RESOLUCIÓN DE 25 DE JULIO DE 2003, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, POR LA QUE SE PRORROGA PARA EL CURSO 2002-2003 LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA PERMISOS INDIVIDUALES DE FORMACIÓN DEL CURSO 2001-2002 (SENTENCIA)

El suplemento del BOE núm. 255, de 22.10.2004, publica la Sentencia 158/2004, dictada por el Tribunal Constitucional en el Conflicto positivo de competencia 6338/2003, promovido por el Consejo Ejecutivo de la Generalidad de Cataluña en relación con la Resolución de 25 de julio de 2003, de la Dirección General del Instituto Nacional de Empleo, por la que se prorroga para el curso 2002-2003 la convocatoria de ayudas para permisos individuales de formación del curso 2001-2002.

En dicha Sentencia, el Tribunal Constitucional ha decidido:

“Estimar parcialmente el conflicto positivo de competencia planteado por el Consejo de Gobierno de la Generalidad de Cataluña contra la Resolución de 25 de julio de 2003, de la Dirección General del Instituto Nacional de Empleo, por la que se prorroga para el curso 2002-2003 la convocatoria de ayudas para permisos individuales de formación del curso 2001-2002 y, en su virtud:

“1. Declarar que vulneran las competencias de la Generalidad de Cataluña, con los efectos señalados en el fundamento jurídico 8, el párrafo primero del artículo único de dicha Resolución de 25 de julio de 2003, en cuanto al hecho que prorroga la vigencia de los artículos 6.1; 9; 10; 11; 12, salvo la alusión al Tribunal de Cuentas y su último inciso; 14, segundo párrafo; y disposición adicional 1ª, apartado 2 de la Resolución de 19 de junio de 2002, de la Dirección General del Instituto Nacional de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de permisos individuales de formación para el curso 2001-2002.

“2. Desestimar el conflicto en todo lo demás.”

Hay un voto particular discrepante que formula el magistrado señor Guillermo Jiménez Sánchez.

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