El informe, que será ahora remitido al Ejecutivo, fue apoyado por diez miembros del Consejo General del Poder Judicial propuestos por el Partido Popular y contó con ocho votos en contra, seis de los vocales propuestos por el Partido Socialista, el de Convergència i Unió y el de Izquierda Unida.
En el dictamen se considera que en lugar de exigir un plazo de tres meses de matrimonio antes de pedir el divorcio se debería exigir la ratificación de la solicitud tras un periodo de reflexión. En este sentido, el Anteproyecto de Ley establece que la demanda de divorcio no podrá presentarse, salvo en los casos de malos tratos, hasta que no hayan transcurrido al menos tres meses desde la fecha de la boda.
En un primer informe -redactado por el vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial, Fernando Salinas, y que no fue aprobado por la Comisión de Estudios-, los vocales de la minoría progresista proponían la supresión de dicho plazo alegando que en la actualidad no hay ninguna exigencia temporal en las separaciones contenciosas. Advertían, además, del riesgo de que se presenten denuncias falsas de malos tratos con el único objeto de obviar ese requisito.
Al ser rechazado este informe por la Comisión de Estudios, la ponencia pasó al vocal de la mayoría conservadora Adolfo Prego. Este segundo dictamen fue aprobado en sesión extraordinaria por el Pleno.
En él, no sólo se defiende el requisito temporal, sino que se apuesta por un “plazo de reflexión”, como ocurre en otros países de Europa. La ratificación de la demanda de divorcio, transcurrido un tiempo de reflexión, obligaría al cónyuge a demostrar su seriedad en la voluntad unilateral de romper el matrimonio.
Pese a las puntualizaciones sobre los plazos y sobre la necesidad de que se alegue una causa de separación en los divorcios que no se produzcan de mutuo acuerdo, el informe aprobado respalda las líneas generales del Anteproyecto. Ese texto será remitido al Gobierno, que podrá o no incluir las sugerencias -el dictamen del Consejo General del Poder Judicial no tiene carácter vinculante- antes de enviarlo al Parlamento.