Diario del Derecho. Edición de 19/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 27/10/2004
 
 

ZONA DE SEGURIDAD LA PARTIDA DE LA COMELLA DEL MORO

27/10/2004
Compartir: 

Resolución MAH/2859/2004, de 23 de septiembre, por la que se declara zona de seguridad la partida de La Comella del Moro, en el término municipal de Tarragona, a efectos cinegéticos (DOGC de 27 de octubre de 2004). Texto completo.

RESOLUCIÓN MAH/2859/2004, DE 23 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE DECLARA ZONA DE SEGURIDAD LA PARTIDA DE LA COMELLA DEL MORO, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE TARRAGONA, A EFECTOS CINEGÉTICOS

El Ayuntamiento de Tarragona ha presentado una solicitud para declarar zona de seguridad la partida de La Comella del Moro, donde se encuentra el acueducto de Les Ferreres (Pont del Diable), declarado por la UNESCO Patrimonio de la Humanidad, situada en el término municipal de Tarragona (Tarragonès), a efectos cinegéticos, con la finalidad de garantizar la seguridad de las personas y de sus bienes.

El expediente se ha tramitado de acuerdo con lo que dispone el artículo 14.4 del Decreto 506/1971, de 25 de marzo, por el que se regula la aplicación de la Ley de caza.

El Consejo Territorial de Caza de Tarragona ha informado favorablemente la declaración de zona de seguridad.

De acuerdo con esto,

Resuelvo:

.1 Declarar zona de seguridad la partida de La Comella del Moro del término municipal de Tarragona a efectos cinegéticos con la finalidad de garantizar la seguridad de las personas y de sus bienes.

La superficie de la zona de seguridad es de 30,5717 ha, cuyos límites se describen en el anexo de esta Resolución y están grafiados en el plano que consta en el expediente.

.2 La utilización de cualquier arma de fuego, arcos y ballestas para el ejercicio de la caza queda totalmente prohibida dentro de la zona de seguridad, excepto en los supuestos que señala el punto 3. También se prohíbe disparar en dirección a esta zona siempre que el cazador no se encuentre separado por una distancia más grande de la que pueda alcanzar el proyectil, o cuando la configuración del terreno intermedio permita llegar a la zona de seguridad.

.3 Excepcionalmente, cuando la elevada densidad o abundancia de alguna especie de caza ocasione daños a los cultivos agrícolas, daños a instalaciones o accidentes de tráfico, la Dirección General del Medio Natural podrá autorizar cacerías con la finalidad de controlar la población de estas especies.

.4 La señalización de la zona de seguridad y el correcto mantenimiento de las señales pertinentes irán a cargo del Ayuntamiento de Tarragona, de acuerdo con lo que dispone la Resolución de la Dirección General del Medio Natural de 25 de enero de 1983, sobre normas para la señalización de los terrenos sometidos a un régimen especial de caza y pesca continental. Esta señalización deberá hacerse en el plazo de tres meses contados desde la fecha de publicación de esta Resolución.

Anexo

Los límites de la zona de seguridad son los siguientes:

Norte: con fincas propiedad de Lluís Ferré.

Sur: con la autopista AP-7 del Mediterráneo y fincas de José Bolós.

Este: con fincas propiedad de Teresa Santasusagna.

Oeste: con la carretera nacional N-240 y parte de la finca matriz segregada y vendida al Instituto Catalán del Suelo.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El nuevo modelo de Registro Civil impulsado por Justicia alcanza ya al 50% de la población
  2. Actualidad: La AN condena al excomisario de Barajas a 5 años de cárcel por dar un trato VIP en el aeropuerto a cambio de regalos
  3. Estudios y Comentarios: Confederal y federal; por Francisco Sosa Wagner, catedrático universitario
  4. Tribunal Constitucional: El Pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad desestima el Recurso de Inconstitucionalidad del PP y confirma que el País Vasco y Navarra tienen competencia para gestionar el ingreso mínimo vital
  5. Actualidad: Félix Bolaños sitúa la digitalización en el centro de la modernización histórica de la Justicia
  6. Estudios y Comentarios: Una casa sin cimientos; por Consuelo Madrigal Martínez-Pereda, Académica de Número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España
  7. Tribunal Supremo: En caso de tortura la acreditación de los hechos alegados debe valerse del criterio de la prueba más allá de toda duda razonable
  8. Libros: BLANCO LÓPEZ, M.ª Ángeles: Música y Derecho. La educación musical como medio de integración social y su evolución histórica hacia la configuración de un nuevo Derecho, Iustel, 334 Páginas
  9. Actualidad: El Supremo hace responsable a la banca de restituir anticipos con letras de cambio en la compra de viviendas
  10. Tribunal Supremo: La cesión del coche de empresa no está sujeta al IVA, aunque la empresa se haya deducido parte del Impuesto soportado por la adquisición del vehículo mediante renting

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana