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  • EDICIÓN DE 22/10/2004
 
 

PREMIOS A LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Y ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

22/10/2004
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Orden de 13 de octubre de 2004, por la que se convocan los Premios a la Calidad de los Servicios Públicos y Administración Electrónica de la Junta de Andalucía para el año 2004 (BOJA de 22 de octubre de 2004). Texto completo.

ORDEN DE 13 DE OCTUBRE DE 2004, POR LA QUE SE CONVOCAN LOS PREMIOS A LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Y ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA PARA EL AÑO 2004

PREÁMBULO

La concesión de los Premios anuales a la Calidad de los Servicios Públicos y Administración Electrónica responde a la necesidad de reconocer y divulgar aquellas iniciativas de modernización y mejora que hayan tenido más éxito en el ámbito público autonómico, incrementando de forma directa o indirecta la calidad de los servicios que prestan a los ciudadanos.

La finalidad de estímulo para los gestores públicos y la generación de confianza en la ciudadanía por una buena gestión tiene el ineludible cauce de la credibilidad, la convicción de que la elección de la muestra que ejemplifique avances en la prestación pública está realizada desde su solvencia.

Los Premios facilitan un flujo de comunicación interno y externo en relación con los ciudadanos, propiciando el conocimiento por la sociedad de muestras ejemplificadoras de una gestión pública moderna.

El Decreto 317/2003, de 18 de noviembre, por el que se regulan las Cartas de Servicios, el Sistema de Evaluación de la Calidad y se establecen los Premios a la Calidad de los Servicios Públicos, en su artículo 20.1 dispone que “Se crean los Premios a la Calidad de los Servicios Públicos en el ámbito de la Junta de Andalucía con el fin de distinguir a los órganos, organismos y unidades que mediante su actividad de mejora hayan incrementado de forma directa o indirecta la calidad de los servicios que prestan a los ciudadanos, y contribuir a la divulgación de los trabajos de calidad y unificar la metodología evaluadora”.

El artículo 21 del citado Decreto, en su apartado 2, establece que “anualmente se convocarán los Premios mediante Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, concretando las bases que habrán de regir su concesión”.

En cumplimiento de lo anterior y de conformidad con lo previsto en la disposición final primera del Decreto 317/2003, de 18 de noviembre, DISPONGO

Artículo Único. Se convoca la I Edición de los Premios a la Calidad de los Servicios Públicos y Administración Electrónica de la Junta de Andalucía, correspondiente al año 2004, de acuerdo con las siguientes BASES Base primera. Objeto de los Premios.

La I Edición de los Premios a la Calidad de los Servicios Públicos y Administración Electrónica de la Junta de Andalucía está destinada a distinguir a los órganos, organismos y unidades que se destaquen por la adopción de actividades de mejora que hayan incrementado, de forma directa o indirecta, la calidad de los servicios que prestan a los ciudadanos, por la adopción de prácticas de calidad, desarrollo de la administración electrónica, o por la propuesta o sugerencia de los empleados públicos para la mejora de los servicios.

Base segunda. Modalidades convocadas.

Las modalidades convocadas en la I Edición de los Premios a la Calidad de los Servicios Públicos y Administración Electrónica de la Junta de Andalucía, correspondiente al año 2004, son:

1. Premio a la Excelencia de los Servicios Públicos en la Junta de Andalucía.

2. Premios a las Mejores Prácticas en la Junta de Andalucía.

3. Premios a las Mejores Sugerencias de los Empleados Públicos de la Junta de Andalucía.

Base tercera. Premio a la Excelencia de los Servicios Públicos en la Junta de Andalucía.

1. Este premio tiene como fin el reconocimiento al órgano, organismo o unidad que mediante su actividad de mejora continua haya incrementado la calidad de los servicios que presta a la ciudadanía.

2. Podrán presentarse a este Premio los órganos, organismos y unidades de la Administración General de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos que tengan aprobada y publicada su Carta de Servicios.

3. La base para la concesión de este Premio será el Modelo Europeo de Excelencia, de la Fundación Europea para la Gestión de la Calidad (EFQM) Sector Público, versión 2003, adaptado a la Junta de Andalucía.

4. Se concederá un único premio, que consistirá conjuntamente en:

a) Una escultura conmemorativa.

b) Un diploma acreditativo.

c) Una placa representativa.

5. Las solicitudes de participación en esta modalidad se cumplimentarán en el modelo que figura como Anexo I a esta Orden, suscrita por el responsable del órgano, organismo o unidad de la Administración General de Junta de Andalucía o sus Organismos Autónomos, participante. Los citados responsables comunicarán la candidatura, en todo caso, al respectivo titular de la Viceconsejería o a los Presidentes o Directores de los Organismos Autónomos y, asimismo, al Delegado Provincial correspondiente, en su caso.

6. A las solicitudes de participación se acompañará una memoria con una extensión máxima de setenta páginas numeradas, en tamaño A4, a una sola cara, con interlineado sencillo y con un tamaño de letra como mínimo de 10 puntos, si bien pueden utilizarse tamaños inferiores (8 puntos mínimo) para gráficos e ilustraciones en color siempre que resulten inteligibles. Se deberán presentar seis ejemplares de la memoria en soporte papel y un ejemplar más en soporte electrónico en archivo “.pdf” de Acrobat. La memoria deberá contemplar los siguientes apartados:

a) Índice.

b) Presentación de la organización, incluyendo funciones y actividades, estructura orgánica, principales servicios prestados y, en su caso, relación de siglas o acrónimos utilizados en la memoria, así como una relación nominal del personal, con expresión de sus categorías y el carácter de su relación profesional.

c) Descripción de las actividades y resultados siguiendo todos y cada uno de los criterios y subcriterios del Modelo EFQM de Excelencia Sector Público adaptado a la Junta de Andalucía. Este Modelo puede solicitarse a la Dirección General de Administración Electrónica y Calidad de los Servicios, encontrándose asimismo disponible en la página de internet:

http://www.cjap.junta-andalucia.es/administracion general/ calidad apja/autoevaluacion.php 7. Las memorias que no se ajusten a los requisitos anteriores no serán tomadas en consideración y, por tanto, no serán evaluadas.

Base cuarta. Premios a las Mejores Prácticas en la Junta de Andalucía.

1. En la modalidad de Premios a las Mejores Prácticas en la Junta de Andalucía, existen dos tipologías:

a) Premios a las Mejores Prácticas de Calidad en la Junta de Andalucía.

Los Premios a las Mejores Prácticas de Calidad en la Junta de Andalucía tienen como fin el reconocimiento a aquellos órganos, organismos y unidades de la Administración General de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos que más se hayan distinguido en la implantación de técnicas o instrumentos de mejora que hayan contribuido a incrementar la calidad con la que prestan los servicios públicos, tales como la elaboración de Cartas de Servicios, realización de Autoevaluaciones siguiendo el Modelo EFQM de Excelencia Sector Público adaptado a la Junta de Andalucía, implantación de planes de mejora, adopción de sistemas normalizados de gestión de la calidad, creación de grupos de mejora, implantación de sistemas de gestión por procesos, simplificación de procedimientos, elaboración del Índice de la Percepción de la Calidad de los Servicios (IPCS), etc.

b) Premios a las Mejores Prácticas de Administración Electrónica en la Junta de Andalucía.

Los Premios a las Mejores Prácticas de Administración Electrónica en la Junta de Andalucía tienen como fin el reconocimiento a aquellos órganos, organismos y unidades, consorcios y demás entidades vinculadas a la Junta de Andalucía, que se hayan distinguido en la implantación de medios o técnicas electrónicas e informáticas o la tramitación de procedimientos a través de redes abiertas de telecomunicación, que hayan hecho posible el desarrollo de la Administración Electrónica Andaluza, tales como servicios de información y de atención al ciudadano a través de medios electrónicos (internet), registros y archivos de documentos electrónicos, procedimientos administrativos electrónicos, así como aplicaciones, programas, medios y soportes informáticos o electrónicos que den cobertura a la implantación de la Administración Electrónica.

2. Podrán presentarse a los Premios a las Mejores Prácticas de Calidad en la Junta de Andalucía los órganos, organismos y unidades de la Administración General de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos.

3. Podrán presentarse a los Premios a las Mejores Prácticas de Administración Electrónica en la Junta de Andalucía los órganos, organismos y unidades, consorcios y demás entidades vinculadas a la Junta de Andalucía.

4. Se concederán como máximo tres premios por cada tipología de Premios a las Mejores Prácticas en la Junta de Andalucía, y cada uno de ellos consistirá conjuntamente en:

a) Un diploma acreditativo.

b) Una placa representativa.

5. Las solicitudes de participación en esta modalidad se cumplimentarán en el modelo que figura como Anexo II a esta Orden, suscrita por el responsable del órgano, organismo o unidad de la Administración General de la Junta de Andalucía, o en el caso de Mejores Prácticas de Administración Electrónica, responsable del consorcio o demás entidades vinculadas a la Junta de Andalucía participante. Los citados responsables comunicarán la candidatura, en todo caso, al respectivo titular de la Viceconsejería o a los Presidentes o Directores de los Organismos Autónomos y, asimismo, al Delegado Provincial correspondiente, en su caso.

6. A la solicitud de participación se acompañará una memoria-resumen con una extensión máxima de treinta páginas numeradas, en tamaño A4, a una sola cara, con interlineado sencillo y con un tamaño de letra como mínimo de 10 puntos, si bien pueden utilizarse tamaños inferiores (8 puntos mínimo) para gráficos e ilustraciones en color siempre que resulten inteligibles. Se deberán presentar seis ejemplares de la memoria-resumen en soporte papel y un ejemplar más en soporte electrónico en archivo “.pdf” de Acrobat. La memoria- resumen de la Práctica de Mejora deberá contemplar los siguientes apartados:

a) Índice.

b) Presentación de la organización, incluyendo funciones y actividades, estructura orgánica, principales servicios prestados y, en su caso, relación de siglas o acrónimos utilizados en la memoria-resumen.

c) Descripción de la Práctica de Mejora dividida en los siguientes bloques:

c.1. Enfoque (Planificación de la Práctica de Mejora y definición de objetivos):

- Identificación y selección del área de mejora. Criterios utilizados.

- Definición y contenido de la Práctica de Mejora seleccionada.

- Descripción y cronograma de los objetivos a alcanzar así como grado de participación de los clientes (internos o externos) en la formulación de los mismos, si fuera aplicable.

- Definición de los indicadores de resultados vinculados a los objetivos.

- Grado de implicación del equipo directivo en la planificación, y forma en que ha impulsado la implicación de otras personas en la actividad de mejora.

c.2. Despliegue (Desarrollo y ámbito de aplicación de la Práctica de Mejora):

- Descripción del equipo de trabajo, de los medios materiales y de los medios tecnológicos.

- Procedimientos y actuaciones desarrollados para alcanzar los objetivos.

- Existencia y desarrollo de planes de formación del personal orientados a la consecución de los objetivos, si fuera el caso.

- Adecuación a estándares establecidos por la Junta de Andalucía.

c.3. Resultados:

- Descripción de los resultados obtenidos así como del método utilizado para su medición y análisis.

- Grado de consecución de los objetivos fijados, teniendo en cuenta los indicadores elegidos.

c.4. Evaluación de la Práctica de Mejora:

- Tipo de evaluación realizada e instrumentos utilizados (evaluación de la planificación, del desarrollo de la acción y de los resultados globales obtenidos).

- Cambios introducidos en los procedimientos de actuación debido a las evaluaciones realizadas a lo largo del proceso y forma en que se ha comunicado a las personas afectadas.

- Actuaciones realizadas para asegurar que la mejora conseguida se mantiene a lo largo del tiempo.

- Proyectos de trabajo futuro como consecuencia de la Práctica de Mejora.

7. Las memorias que no se ajusten a los requisitos anteriores no serán tomadas en consideración y, por tanto, no serán evaluadas.

Base quinta. Premios a las Mejores Sugerencias de los Empleados Públicos de la Junta de Andalucía.

1. Los Premios a las Mejores Sugerencias de los Empleados Públicos tienen como fin el reconocimiento a aquellos empleados públicos que se hayan distinguido especialmente en la presentación formal de iniciativas, sugerencias o informes que, por ser innovadores o suponer un importante esfuerzo de análisis y obtención de resultados, conlleven directa o indirectamente una mejora en la calidad de los servicios o en la atención de la ciudadanía.

2. Podrán presentarse a estos Premios los empleados de la Administración General de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos.

3. Se podrán conceder un máximo de tres premios, y cada uno de ellos consistirá en un diploma acreditativo.

4. Las solicitudes de participación se cumplimentarán en el modelo que figura como Anexo III a esta Orden, suscrita por el empleado público participante.

5. A la solicitud de participación se acompañará una memoria-resumen con una extensión máxima de diez páginas numeradas, en tamaño A4, a una sola cara, con interlineado sencillo y con un tamaño de letra como mínimo de 10 puntos, si bien pueden utilizarse tamaños inferiores (8 puntos mínimo) para gráficos e ilustraciones en color siempre que resulten inteligibles. Se deberán presentar seis ejemplares de la memoria- resumen en soporte papel y un ejemplar más en soporte electrónico en archivo “.pdf” de Acrobat. La memoria-resumen de la Sugerencia contendrá los siguientes apartados:

a) Índice.

b) Presentación del empleado público y la organización a la que pertenece, incluyendo funciones y actividades, estructura orgánica, principales servicios prestados y, en su caso, relación de siglas o acrónimos utilizados en la memoria-resumen.

c) Descripción de la Sugerencia dividida en los siguientes bloques:

c.1. Enfoque (Planificación de la Sugerencia y definición de objetivos):

- Definición y contenido de la Sugerencia presentada.

- Descripción y cronograma de los objetivos a alcanzar.

- Definición de los indicadores de resultados vinculados a los objetivos.

c.2. Despliegue (Desarrollo y ámbito de aplicación de la Sugerencia):

- Descripción del equipo de trabajo, de los medios materiales y de los medios tecnológicos necesarios.

- Procedimientos y actuaciones a desarrollar para alcanzar los objetivos.

c.3. Resultados:

- Descripción de los resultados a obtener así como del método previsto para su medición y análisis.

6. Las memorias-resumen que no se ajusten a los requisitos anteriores no serán tomadas en consideración y, por tanto, no serán evaluadas.

Base sexta. Presentación de solicitudes de participación.

1. Las solicitudes de participación dirigidas a la Dirección General de Administración Electrónica y Calidad de los Servicios Públicos de la Consejería de Justicia y Administración Pública, a la atención del “Comité Organizador de la I Edición de los Premios a la Calidad de los Servicios Públicos y Administración Electrónica de la Junta de Andalucía”, deberán presentarse en el Registro de la Consejería de Justicia y Administración Pública, Avda. de la República Argentina, 25-5.„ planta-41071 Sevilla, o en cualquier otro de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. Las solicitudes, junto a la documentación asociada, podrán presentarse así mismo en el Registro Telemático de la Junta de Andalucía, con firma electrónica avanzada conforme a lo dispuesto en el Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos (Internet), a través del formulario electrónico ubicado en la página http://www.cjap.junta-andalucia.es/administracion general/calidad apja/premios calidad.php. Para ello, será requisito que los interesados estén en posesión del certificado digital de clase 2A emitido por la Real Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. En caso de optar por la presentación ante el Registro Telemático de la Junta de Andalucía no es necesario presentar en formato papel la memoria-resumen que ha de acompañar a la solicitud.

3. El plazo de presentación de las solicitudes para la I Edición de los Premios a la Calidad de los Servicios Públicos y Administración Electrónica de la Junta de Andalucía finalizará el 28 de febrero de 2005.

4. La presentación de las candidaturas es voluntaria y supone la aceptación de las disposiciones contenidas en la presente Orden.

Base séptima. Organización.

1. Corresponde a la Dirección General de Administración Electrónica y Calidad de los Servicios la organización del proceso de concesión y entrega de los Premios previstos en la presente convocatoria. Para ello podrá dictar las instrucciones y resoluciones que procedan para el desarrollo del proceso de acuerdo con la normativa de creación de los Premios y en esta convocatoria.

2. Se crea el “Comité Organizador de la I Edición de los Premios a la Calidad de los Servicios Públicos y Administración Electrónica en la Junta de Andalucía”, como órgano colegiado de coordinación del proceso de evaluación de candidaturas y de concesión y entrega de los premios, que contará con el apoyo técnico del Centro Andaluz para la Excelencia en la Gestión radicado en el Instituto Andaluz de Tecnología.

3. Mediante resolución del titular de la Dirección General de Administración Electrónica y Calidad de los Servicios se designará, entre el personal adscrito al Centro Directivo, los integrantes del Comité Organizador.

Base octava. Evaluación de las candidaturas.

1. El Comité Organizador, con el apoyo técnico del Centro Andaluz para la Excelencia en la Gestión, preseleccionará las candidaturas presentadas y coordinará el proceso de evaluación, mediante la conformación de los equipos de evaluadores, la interlocución entre los mismos y los candidatos en caso de que se lleven a cabo visitas, el apoyo a los equipos de evaluadores con herramientas que faciliten la elaboración de los Informes de Evaluación, la información al Jurado sobre el desarrollo del proceso de evaluación y la presentación al Jurado de los resultados de los Informes de Evaluación.

2. Para la realización de la evaluaciones se constituirán equipos de evaluadores integrados por funcionarios con formación acreditada en el Modelo EFQM de Excelencia y que serán designados por la persona titular de la Dirección General de Administración Electrónica y Calidad de los Servicios, pudiendo contarse con la colaboración externa de consultores acreditados como evaluadores del Modelo EFQM de Excelencia por la Fundación Europea para la Gestión de la Calidad (EFQM), por el Club Gestión de Calidad, representante en España de la citada Fundación o por el Centro Andaluz para la Excelencia en la Gestión. En el caso de la evaluación de las Mejores Prácticas de Administración Electrónica el equipo evaluador estará constituido además por funcionarios con experiencia en el campo de la Administración Electrónica designados por la persona titular de la Dirección General de Administración Electrónica y Calidad de los Servicios.

3. Los equipos de evaluadores analizarán las memorias presentadas por los candidatos, pudiendo ser ampliado este análisis, a criterio del Comité Organizador, con visitas a las instalaciones de los candidatos, y elaborarán para cada candidatura un Informe de Evaluación que remitirán al Comité Organizador.

4. El Comité Organizador, a la vista de los Informes de Evaluación presentados por los equipos de evaluadores, procederá a declarar las candidaturas finalistas que serán presentadas a los Jurados de los Premios a la Calidad de los Servicios Públicos y Administración Electrónica en la Junta de Andalucía.

Base Novena. Jurados.

1. Existirán dos Jurados, ambos constituidos por seis miembros designados por la persona titular de la Consejería de Justicia y Administración Pública, entre personas de reconocida experiencia en el ámbito de la Administración Pública, la Calidad en la Gestión y la Administración Electrónica:

- El primer Jurado valorará las candidaturas presentadas para las modalidades de Premio a la Excelencia de los Servicios Públicos, Premio a las Mejores Prácticas de Calidad y Premios a las Mejores Sugerencias de los Empleados Públicos.

- El segundo Jurado valorará las candidaturas presentadas para la modalidad de Premios a las Mejores Prácticas de Administración Electrónica.

2. Será Presidente de los Jurados la persona titular de la Dirección General de Administración Electrónica y Calidad de los Servicios. Actuará como Secretario del Jurado un funcionario designado por el Presidente, con voz pero sin voto.

3. Las decisiones de los Jurados se adoptarán por mayoría de sus componentes, decidiendo en caso de empate el voto de calidad del Presidente.

Base décima. Concesión de los Premios.

1. En el plazo máximo de tres meses, contados a partir de la finalización de los plazos de presentación de las solicitudes de participación, los Jurados, a la vista de la documentación presentada por los candidatos a cada una de las modalidades de los Premios y los Informes de Evaluación presentados por los equipos de evaluadores, emitirán su fallo, que será inapelable y elevarán sus propuestas a la persona titular de la Consejería de Justicia y Administración Pública, que resolverá mediante Orden la concesión de los diferentes Premios y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

2. Los Jurados podrán declarar desiertos todas o algunas de las modalidades o tipologías de los Premios convocados, cuando lo consideren oportuno.

3. Los galardonados y demás participantes en las distintas modalidades de los Premios serán invitados a un acto público en el que se les hará entrega de los Premios concedidos.

Base undécima. Compromisos de la Consejería de Justicia y Administración Pública y de los candidatos.

1. Las personas que intervengan en el proceso de organización, evaluación y concesión de los premios guardarán la debida confidencialidad sobre los resultados de las evaluaciones que se efectúen.

2. Los órganos y organismos participantes en el Premio a la Excelencia o en los Premios a las Mejores Prácticas, facilitarán la entrada de los miembros de los Equipos de Evaluadores en sus instalaciones, en caso de que se considere necesario que realicen la visita contemplada en la base novena.

3. Una vez finalizado el proceso de evaluación y concesión del Premio a la Excelencia, los Premios a las Mejores Prácticas, y los Premios a las Mejores Sugerencias de los Empleados Públicos, la Dirección General de Administración Electrónica y Calidad de los Servicios proporcionará a cada órgano, organismo, unidad, consorcio, entidades vinculadas a la Junta de Andalucía o empleado público que hayan participado, un Informe de Evaluación sobre los resultados cualitativos de su evaluación.

4. Los empleados públicos, órganos, organismos, unidades, consorcios o entidades vinculadas a la Junta de Andalucía premiados, se comprometen a participar en las acciones de difusión -presencial, gráfica o audiovisual- de los Premios y, en general, de los programas de calidad que se realicen directamente por la Consejería de Justicia y Administración Pública.

5. Los órganos, organismos, unidades, consorcios o entidades vinculadas a la Junta de Andalucía galardonados con el Premio a la Excelencia o los Premios a las Mejores Prácticas podrán:

a) Hacer constar en sus publicaciones y material impreso, durante los tres años siguientes, la circunstancia de haber obtenido el Premio a la Excelencia de los Servicios Públicos o el Premio a las Mejores Prácticas de la Junta de Andalucía.

b) Anunciarlo en sus instalaciones durante cinco años.

c) Otorgar el reconocimiento que estimen oportuno al personal que haya participado en las acciones conducentes a la obtención del galardón.

d) Obtener facilidades para asistir a cursos, conferencias o jornadas en materia de calidad organizadas por la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Disposición Final Única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

ANEXOS

Omitidos

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