PROVIDENCIA DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2004, DE LA SALA TERCERA DEL TRIBUNAL SUPREMO, SOBRE PLANTEAMIENTO DE CUESTIÓN DE ILEGALIDAD DEL ARTÍCULO 29 DEL REAL DECRETO 7/2001, DE 12 DE ENERO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO SOBRE RESPONSABILIDAD CIVIL Y SEGURO EN LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR
En la cuestión de ilegalidad n.o 18/03, planteada por el Juzgado Contencioso-Administrativo n.o 1 de Donostia- San Sebastián, la Sala Tercera (Sección Primera) del Tribunal Supremo ha dictado providencia, en fecha 30 de septiembre, del siguiente tenor:
PROVIDENCIA
“Madrid, a treinta de septiembre de dos mil cuatro.
Dada cuenta; se admite a trámite la cuestión de ilegalidad planteada por el Juzgado Contencioso Administrativo n.o 1 de Donostia-San Sebastián, en relación con el Art. 29 del Real Decreto 7/2001, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor.
Publíquese el planteamiento de esta cuestión en el Boletín Oficial del Estado en cumplimiento de lo que dispone el artículo 124.2 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y remítanse las presentes actuaciones a la Sección Tercera conforme a las reglas de reparto de asuntos.
Lo acuerda la Sala y firma el Excmo. Sr. Magistrado Ponente; Certifico.”
Presidente: Excmo. Sr. D. Ramón Trillo Torres; Magistrados: Excmo. Sr. D. Fernando Ledesma Bartret, y Excmo. Sr. D. Mariano de Oro-Pulido y López.