Diario del Derecho. Edición de 24/10/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 28/09/2004
 
 

REGLAMENTO TÉCNICO DE CONTROL Y CERTIFICACIÓN DE SEMILLAS DE PLANTAS FORRAJERAS

28/09/2004
Compartir: 

Orden APA/3072/2004, de 27 de septiembre, por la que se modifica el Reglamento técnico de control y certificación de semillas de plantas forrajeras (BOE de 29 de septiembre de 2004). Texto completo.

ORDEN APA/3072/2004, DE 27 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO TÉCNICO DE CONTROL Y CERTIFICACIÓN DE SEMILLAS DE PLANTAS FORRAJERAS

La Orden de 1 de julio de 1986, por la que se aprueba el Reglamento técnico de control y certificación de semillas de plantas forrajeras, incorpora al ordenamiento interno la Directiva 66/401/CEE, del Consejo, de 14 de junio de 1966, relativa a la comercialización de semillas de plantas forrajeras. Esta Directiva se ha modificado en numerosas ocasiones lo cual ha precisado las correspondientes modificaciones de este Reglamento, la última de ellas fue por la Orden APA/3188/2002, de 11 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 23 de mayo de 1986 y las Ordenes de 1 de julio de 1986 sobre control y certificación de semillas y plantas de vivero.

La Directiva 2004/55/CE de la Comisión, de 20 de abril de 2004, por la que se modifica la Directiva 66/401/CEE, relativa a la comercialización de plantas forrajeras, hace necesaria una nueva modificación del citado Reglamento, que incorpore la citada directiva.

En la elaboración de la presente disposición han sido consultadas las Comunidades Autónomas y las entidades representativas de los sectores afectados.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden de 1 de julio de 1986 por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Forrajeras.

Se modifica el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Forrajeras aprobado por Orden de 1 de julio de 1986, en los términos siguientes:

1. En el epígrafe I, punto 1, letra a) se elimina la expresión “x Festulolium” que aparece a continuación de “Festuca rubra”, insertando al final de dicha letra lo siguiente:

“Festuca spp x Lolium spp:híbridos resultantes del cruce de una especie del género Festuca con una especie del género Lolium (x Festulolium)”

2. En el Anejo I, cuadro 2.A “Requisitos de las semillas certificadas”, en la columna 1 “germinación mínima”, en la fila relativa a la especie Vicia faba, se sustituye “85 (5)” por “80 (5)”.

3. En el Anexo III, apartado A, letra a), se sustituye el quinto guión “Especie” por el siguiente:

“Especie, indicada al menos con su nombre botánico, en caracteres latinos, que podrá citarse de forma abreviada y sin los nombres de los autores.

En el caso de x Festulolium, se indicarán los nombres de las especies de los géneros Festuca y Lolium.”

4. En el Anejo III, apartado A, letra c), el tercer párrafo se sustituye por el siguiente:

“Proporción en peso de los diferentes componentes de la mezcla indicados por especies y, en su caso, por variedades, ambos al menos en caracteres latinos. En el caso de x Festulolium, se indicarán los nombres de las especies de los géneros Festucay Lolium. Es suficiente mencionar la denominación de la mezcla si se da por escrito la composición de ésta al comprador y si dicha denominación de la correspondiente mezcla se ha registrado oficialmente.” Disposición final primera. Título competencial.

La presente disposición se dicta al amparo del artículo 149.1.13 de la Constitución que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente disposición entrará en vigor el día 30 de septiembre de 2004

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El TS da 15 días al Gobierno para cumplir la orden sobre los menores extranjeros solicitantes de asilo en Canarias
  2. Tribunal Supremo: El Tribunal Supremo da la razón a la Universidad de Granada y deniega a un profesor asociado el derecho a lucrar el complemento por actividad docente investigadora
  3. Actualidad: El TS rechaza por falta de competencia una demanda de Vito Quiles contra Puente
  4. Actualidad: El TEDH inadmite la queja "infundada" de Otegi por la revisión del 'caso Bateragune'
  5. Tribunal Supremo: Los trabajadores de Paradores de Turismo de España que reduzcan la jornada por motivos familiares y de conciliación, tienen derecho al abono del plus de distancia en el mismo importe que venían percibiendo con anterioridad a la reducción
  6. Estudios y Comentarios: La constitucionalización del aborto, o el final definitivo de la lealtad constitucional; por Agustín Ruiz Robledo, Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada y Visiting Professor de la BITS Law School de Bombay
  7. Actualidad: El Supremo pide a EEUU datos de Twitter por la causa contra 'Alvise' por difundir una PCR falsa de Illa
  8. Estudios y Comentarios: Por una sala de garantías constitucionales en el Supremo; por Pedro J. Tenorio Sánchez, catedrático de Derecho Constitucional de la UNED y exletrado del Tribunal Constitucional
  9. Actualidad: La presidenta del Supremo reivindica ante los niños la labor de los jueces
  10. Tribunal Supremo: Los comuneros no pueden convocar directamente una reunión sin haber requerido previamente al presidente de la Comunidad de Propietarios

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana