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EL PARTIDO POPULAR RECURRE ANTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL LA DEROGACIÓN DEL PLAN HIDROLÓGICO

16/09/2004
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El Partido Popular ha presentado un recurso de inconstitucionalidad contra la modificación del Plan Hidrológico Nacional, que supuso la derogación del trasvase del Ebro. Este partido entiende que la medida vulnera ocho artículos de la Constitución, además del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas y la normativa de la Unión Europea.

El recurso ha sido presentado en el Tribunal Constitucional por el portavoz del Partido Popular en el Senado, Pío García Escudero, y va firmado por cincuenta senadores, la mayoría de ellos pertenecientes a las comunidades más afectadas (Murcia y Valencia), así como por los portavoces de este partido en las comisiones de Medio Ambiente, Fomento, Comunidades e Industria de la Cámara Alta.

El Gobierno actual anuló el Plan Hidrológico Nacional y lo sustituyó por medidas consistentes en construcción de más desaladoras y medidas de gestión y ahorro de recursos existentes.

Según explicó Pío García Escudero, el recurso lo presenta el Partido Popular del Senado porque, por definición constitucional, “el Senado es una cámara territorial que garantiza la cohesión en todo el territorio nacional, y el Plan Hidrológico Nacional es una obra que afecta a muchas Comunidades Autónomas”.

En primer lugar, denuncian en su escrito la “inexistencia de la participación en el Real Decreto de las Comunidades Autónomas, del Senado, del Consejo del Agua y de los propios interesados, lo que supone una clara violación de las exigencias de la Directiva Comunitaria 60/00, así como de la Ley de Aguas”.

Denuncian igualmente la “inexistencia, en el Real Decreto recurrido, de la urgencia imprescindible para que dicho texto tenga validez constitucional”.

Por otro lado, argumentan que “se infringe la doctrina del Tribunal Constitucional sobre el carácter de los Decretos Leyes y el contenido de los mismos, toda vez que la propia esencia del Real Decreto no es una medida de aplicación instantánea, sino una norma jurídica de imposible acogida en un Decreto Ley”.

Los senadores citan hasta ocho artículos de la Constitución vulnerados, y, a juicio, cuatro principios constitucionales ha sido infringidos: el principio de solidaridad entre las nacionalidades y regiones españolas, el principio de igualdad real y efectiva, el principio de progreso social y económico y el principio de la renta regional y personal más equitativa.

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