Diario del Derecho. Edición de 16/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 13/09/2004
 
 

AYUDAS A LA EDICIÓN Y LA DIFUSIÓN DE LIBROS DE TEXTO O MANUALES UNIVERSITARIOS ESCRITOS EN LENGUA CATALANA

13/09/2004
Compartir: 

Resolución UNI/2367/2004, de 16 de agosto, de modificación del plazo establecido en el apartado 18 del anexo de la Resolución UNI/916/2003, de 10 de abril, de convocatoria de ayudas a la edición y la difusión de libros de texto o manuales universitarios, en formato papel o en formato electrónico, escritos en lengua catalana (DOGC de 13 de septiembre de 2004). Texto completo.

RESOLUCIÓN UNI/2367/2004, DE 16 DE AGOSTO, DE MODIFICACIÓN DEL PLAZO ESTABLECIDO EN EL APARTADO 18 DEL ANEXO DE LA RESOLUCIÓN UNI/916/2003, DE 10 DE ABRIL, DE CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA EDICIÓN Y LA DIFUSIÓN DE LIBROS DE TEXTO O MANUALES UNIVERSITARIOS, EN FORMATO PAPEL O EN FORMATO ELECTRÓNICO, ESCRITOS EN LENGUA CATALANA

Mediante Resolución UNI/916/2003, de 10 de abril, del consejero de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información (DOGC núm. 3866, de 16 de abril de 2004), se convocaron ayudas a la edición y a la difusión de libros de texto o manuales universitarios, en formato papel o en formato electrónico, escritos en lengua catalana. En el apartado 18 del anexo de esta Resolución, se establece que el plazo máximo para justificar las ayudas otorgados será el 30 de junio de 2004.

Mediante Resolución UNI/3210/2003, de 16 de octubre, del consejero de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información (DOGC núm. 3997, de 28 de octubre), se resolvió la convocatoria de concesión de estas ayudas.

Teniendo en cuenta la dificultad que supone la presentación de la justificación en el plazo establecido por parte de las entidades beneficiarias de las ayudas;

Vista la propuesta del director general de Universidades de fecha de 14 de junio de 2004, y de acuerdo con lo que disponen el artículo 2 y la base 4 del anexo de la Orden UNI/153/2003, de 27 de marzo,

Resuelvo:

Artículo único

Modificar el plazo máximo de presentación de la documentación justificativa por parte de las entidades beneficiarias establecido en el apartado 18 del anexo de la Resolución UNI/916/2003, de 10 de abril, de convocatoria de ayudas a la edición y a la difusión de libros de texto o manuales universitarios, en formato papel o en formato electrónico, escritos en lengua catalana, que finalizará el 30 de septiembre de 2004.

Disposición final

Esta Resolución, que agota la vía administrativa, puede ser objeto de recurso potestativo de reposición ante el consejero de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el DOGC, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC, conforme a lo establecido en el artículo 46, en relación con el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana