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  • EDICIÓN DE 08/09/2004
 
 

AYUDAS QUE INTEGRAN EL PLAN DE SANEAMIENTO DE LAS PLANTACIONES CITRÍCOLAS AFECTADAS POR EL VIRUS DE LA TRISTEZA

08/09/2004
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Orden ARP/304/2004, de 24 de agosto, por la que se incrementa la cuantía de las ayudas que integran el plan de saneamiento de las plantaciones citrícolas afectadas por el virus de la tristeza correspondientes al año 2004, convocadas por la Orden ARP/175/2004, de 21 de mayo (DOGC de 8 de septiembre de 2004). Texto completo.

ORDEN ARP/304/2004, DE 24 DE AGOSTO, POR LA QUE SE INCREMENTA LA CUANTÍA DE LAS AYUDAS QUE INTEGRAN EL PLAN DE SANEAMIENTO DE LAS PLANTACIONES CITRÍCOLAS AFECTADAS POR EL VIRUS DE LA TRISTEZA CORRESPONDIENTES AL AÑO 2004, CONVOCADAS POR LA ORDEN ARP/175/2004, DE 21 DE MAYO

Mediante la Orden ARP/175/2004, de 21 de mayo (DOGC núm. 4147, de 4.6.2004), se convocaron las ayudas que integran el Plan de saneamiento de las plantaciones citrícolas afectadas por el virus de la tristeza correspondientes al año 2004.

El número de solicitudes presentadas y la voluntad de facilitar que se puedan beneficiar de estas ayudas el mayor número de solicitantes, para superar la difícil situación en que se encuentra el sector citrícola, hacen necesario ampliar la partida presupuestaria asignada a la Orden citada.

En consecuencia, de acuerdo con el artículo 92 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo único

Se incrementa en 298.657 euros la cuantía de las ayudas que integran el Plan de saneamiento de las plantaciones citrícolas afectadas por el virus de la tristeza, que establece la Orden ARP/175/2004, de 21 de mayo, cuyo importe máximo es de 550.000 euros.

El incremento de la cuantía de las ayudas que establece la citada Orden irán a cargo de la partida 1702 D/783170000/7121 de los presupuestos del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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