Diario del Derecho. Edición de 04/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 27/08/2004
 
 

NEGOCIADO DE GESTIÓN DE PERSONAL Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

27/08/2004
Compartir: 

Orden Foral 108/2004, de 23 de agosto, del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, por la que se crea el Negociado de Gestión de Personal y Coordinación Administrativa en la Secretaría Técnica del Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud (BOE de 27 de agosto de 2004). Texto completo.

ORDEN FORAL 108/2004, DE 23 DE AGOSTO, DEL CONSEJERO DE BIENESTAR SOCIAL, DEPORTE Y JUVENTUD, POR LA QUE SE CREA EL NEGOCIADO DE GESTIÓN DE PERSONAL Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA EN LA SECRETARÍA TÉCNICA DEL DEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL, DEPORTE Y JUVENTUD

Por Decreto Foral 276/2004, de 9 de agosto, se modificó la estructura orgánica del Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud, reincorporando en la Secretaría Técnica del Departamento las funciones relativas a la gestión de personal.

La organización y gestión de los recursos humanos del Departamento conlleva una serie de actividades que justifican la creación de un Negociado que, además de estas funciones, realice las actuaciones que la Secretaría Técnica le encomiende en aras a la coordinación del funcionamiento de los servicios administrativos y generales del Departamento.

La creación del Negociado se sufraga con cargo a las partidas 90000 91200 1230 311100 “Retribuciones totales fijas de funcionarios” y 90000 90200 1230 311100 “Retribuciones totales fijas de funcionarios”.

El proyecto de Orden Foral ha sido sometido al dictamen preceptivo de la Dirección General de Función Pública conforme a lo establecido en el artículo 24 del Decreto Foral 266/2003, de 28 de julio, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior. Asimismo, cuenta con el informe favorable de la Secretaría Técnica.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50.2. de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, que establece que corresponde a los Consejeros la creación, modificación y supresión de los Negociados de su respectivo Departamento,

ORDENO:

Artículo 1.º Se crea el Negociado de Gestión de Personal y Coordinación Administrativa, adscrito a la Secretaría Técnica del Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud, que ejercerá las siguientes funciones:

a) La apertura, mantenimiento y actualización de los expedientes del personal del Departamento.

b) Tramitar, en colaboración con la Sección de Asuntos Económicos y Régimen Administrativo, los documentos relativos a gastos de personal que se pagan por nómina.

c) La gestión administrativa ordinaria de los asuntos relativos al personal adscrito al Departamento.

d) La inspección y control del cumplimiento de la normativa en materia de personal.

e) El control de la asistencia y puntualidad del personal del Departamento.

f) El control del gasto racional en las horas extraordinarias, dietas, locomoción y gastos variables.

g) Llevar a cabo el impulso y la coordinación de las tareas administrativas del Departamento.

h) Tramitar los asuntos que deban ser objeto de inclusión en el orden del día de las sesiones de Gobierno.

i) Preparar y remitir a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo y a otros órganos jurisdiccionales los expedientes administrativos y cualquier otra documentación requerida por éstos.

j) Organizar el archivo de los Autos y Sentencias judiciales y efectuar el seguimiento de la ejecución de los mismos.

k) Las contenidas en el artículo 5 del Decreto Foral 137/2002, de 24 de junio, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro General del Gobierno de Navarra.

l) Elaborar los órdenes del día de las Ordenes Forales y Resoluciones dictadas por delegación y llevar a cabo la organización y archivo de las mismas.

m) Coordinar las actuaciones necesarias para la remisión al BOLETÍN OFICIAL de Navarra de los documentos que deban ser objeto de publicación en el mismo.

n) Coordinar las actuaciones encaminadas a la notificación de las Ordenes Forales y Resoluciones dictadas por delegación.

o) Cualquier otra, similar o complementaria de las anteriores, que le sea encomendada por la Secretaría Técnica del Departamento.

Artículo 2.º El gasto que origina su creación se sufragará con cargo a las partidas 90000 91200 1230 311100 “Retribuciones totales fijas de funcionarios” y 90000 90200 1230 311100 “Retribuciones totales fijas de funcionarios”.

DISPOSICIÓN FINAL

Esta Orden Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: La falta de prueba pericial de la autenticidad de las conversaciones de WhatsApp no implica necesariamente y en todos los casos que su contenido no pueda ser objeto de valoración cuando a través de otras vías se puede descartar su manipulación
  2. Actualidad: El Supremo propone juzgar a Ábalos, Koldo y De Aldama por presuntas irregularidades en la compra de mascarillas
  3. Tribunal Supremo: Si el empresario delega de manera válida y efectiva las funciones de prevención de riesgos en un técnico o profesional cualificado y cumple con su deber de supervisión, puede quedar exonerado de responsabilidad penal en caso de accidente de un trabajador
  4. Tribunal Supremo: La indemnización legal por despido -colectivo, objetivo o disciplinario- no computa a efectos del acceso al subsidio de desempleo, pero sí la superior a dicho umbral
  5. Actualidad: El TSJA confirma la condena a dos mujeres que amenazaron a otra por su condición de inmigrante
  6. Revistas: Iustel presenta el número 17 de su Revista General de Insolvencias & Reestructuraciones / Journal of Insolvency & Restructuring (I&R)
  7. Actualidad: Da comienzo el juicio contra el Fiscal General del Estado
  8. Estudios y Comentarios: Un bochorno para la institución; por Cristina Dexeus, presidenta de la Asociación de Fiscales (AF)
  9. Actualidad: El Tribunal Supremo reconoce por primera vez el derecho de consulta del comité de empresa europeo en IAG
  10. Tribunal Supremo: La regulación de la reserva de los contratos públicos o de algún lote de los mismos a favor de los Centros Especiales de Empleo de iniciativa social no vulnera los principios de proporcionalidad y de igualdad de trato entre licitadores

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana