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CURRÍCULO DEL BACHILLERATO

18/08/2004
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Orden de 9 de agosto de 2004, por la que se modifica la Orden de 17 de mayo de 2002, por la que se dictan Instrucciones para la aplicación del Decreto 41/2002, de 28 de marzo, por el que se establece el currículo del Bachillerato, en el ámbito de gestión directa de la Consejería (BOCA de 17 de agosto de 2004). Texto completo.

ORDEN DE 9 DE AGOSTO DE 2004, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 17 DE MAYO DE 2002, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DEL DECRETO 41/2002, DE 28 DE MARZO, POR EL QUE SE ESTABLECE EL CURRÍCULO DEL BACHILLERATO, EN EL ÁMBITO DE GESTIÓN DIRECTA DE LA CONSEJERÍA

La gran variedad de intereses que caracteriza al alumnado hace necesario presentarle una oferta educativa diversificada que le permita elegir entre el mayor número posible de opciones. Por ello, es aconsejable, en ocasiones, una revisión y una actualización de dicha oferta educativa, de manera que se puedan satisfacer las demandas de todos los alumnos y alumnas. En ese sentido, parece conveniente ofrecer al alumnado del Bachillerato Tecnológico que lo desee la posibilidad de cursar la Tecnología Industrial II como asignatura de modalidad en segundo curso, dentro de la opción 1, Ciencias e Ingeniería, junto con las Matemáticas II y la Física. De ese modo, se facilita al alumnado que curse ese Bachillerato la ocasión de hacer una elección más ajustada a sus intereses, necesidades y posibilidades de estudios posteriores.

Por ello, en virtud de la atribución otorgada en el artículo 33.f de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,

DISPONGO

Artículo único.

Se modifica el Anexo II referido en el artículo 6, punto 3 de la Orden de 17 de mayo de 2002, por la que se dictan instrucciones para la aplicación del Decreto 41/2002, de 28 de marzo, por el que se establece el currículo del Bachillerato en el ámbito de gestión directa de la Consejería.

–Donde dice:

Anexo II. Organización de las materias propias de las modalidades de Bachillerato en diferentes opciones.

Segundo de Bachillerato

Tecnología

Opción I. Ciencias e Ingeniería

- Matemáticas II

- Física

- Dibujo Técnico II

–Debe decir

Anexo II. Organización de las materias propias de las modalidades de Bachillerato en diferentes opciones.

Segundo de Bachillerato

Tecnología

Opción I. Ciencias e Ingeniería

- Matemáticas II

- Física

- Dibujo Técnico II / Tecnología Industrial II

Disposiciones finales

Primera

La implantación de lo dispuesto en la presente Orden será de aplicación a partir del curso 2005-2006.

Segunda

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el BOC.

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