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PREMIOS A LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

14/07/2004
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Decreto 66/2004, de 8 de julio, de modificación del Decreto 19/2002, de 31 de enero, por el que se crean los Premios a la Calidad de los Servicios Públicos en la Comunidad de Castilla y León (BOCYL de 14 de julio de 2004). Texto completo.

DECRETO 66/2004, DE 8 DE JULIO, DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO 19/2002, DE 31 DE ENERO, POR EL QUE SE CREAN LOS PREMIOS A LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS EN LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Por Acuerdo 29/2004, de 19 de febrero, de la Junta de Castilla y León, se aprueba el Plan Estratégico de Modernización de los Servicios Públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (“B.O.C. y L.” n.º 40, de 27 de febrero de 2004). La medida 4.1.6 de este Plan Estratégico recoge la figura de los Premios como un instrumento útil de impulso de la mejora de la calidad de los servicios públicos y de la modernización de la Administración.

Los Premios a la Calidad de los Servicios Públicos en la Comunidad de Castilla y León fueron creados por Decreto 19/2002, de 31 de enero (“B.O.C. y L.” n.º 26, de 6 de febrero de 2002), como forma de reconocimiento tanto de actuaciones internas, de órganos administrativos y empleados públicos, como de aportaciones externas, de Entidades Locales y de los ciudadanos en general.

Posteriormente, mediante Orden PAT/658/2003, de 19 de mayo, se convocaron los Premios a los trabajos de Estudio e Investigación sobre la Modernización en la Administración Pública, en la Comunidad de Castilla y León (“B.O.C. y L.” n.º 96, de 22 de mayo de 2003), con el fin de fomentar la actividad investigadora en nuestra Comunidad, en el campo de la modernización y gestión de la Administración.

La común finalidad de ambos Premios, dirigidos al reconocimiento de iniciativas e ideas de mejora de la calidad de los servicios públicos y de modernización de las organizaciones públicas, aconseja la refundición de ambas figuras bajo una misma rúbrica de Premios a la Calidad y Modernización de la Administración.

Por otra parte, es preciso llevar a cabo las actuaciones necesarias para consolidar estos Premios y, a su vez, afrontar las necesarias modificaciones de aquellos aspectos sustantivos y formales en los que la práctica ha puesto de relieve la necesidad de su flexibilización.

En primer lugar, junto a las Corporaciones Locales, se abren estos Premios a la participación de todas las Administraciones que prestan servicios a los ciudadanos de nuestra Comunidad, tales como Universidades públicas u órganos periféricos de la Administración General del Estado en Castilla y León.

En segundo lugar, se hacen desaparecer limitaciones en el disfrute de los premios en metálico recibidos por ciudadanos y empleados públicos.

A continuación, parece conveniente incluir en el ámbito de aplicación de este Decreto al personal de los Entes Públicos de Derecho Privado, de forma correlativa a su inclusión en el ámbito subjetivo de aplicación de otras normas.

Finalmente, con esta modificación del Decreto 19/2002 se adapta su contenido a la nueva estructura organizativa llevada a cabo por el Decreto 2/2003, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de Consejerías.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Presidencia y Administración Territorial, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 8 de julio de 2004.

DISPONE:

Artículo 1.º

1.– Se modifica el título del Decreto 19/2002 que pasará a tener la siguiente redacción:

“Premios a la Calidad y Modernización de la Administración”.

2.– Se modifica el artículo 1.º 2, que pasará a tener la siguiente redacción:

“Los Premios a la Calidad y Modernización de la Administración constituyen el reconocimiento oficial, expresado por el Presidente de la Junta de Castilla y León, por la adopción de prácticas de calidad de los servicios públicos, por su propuesta o sugerencia o por trabajos de estudio e investigación sobre modernización de la Administración.”.

Artículo 2.º– Se modifica el artículo 2.º 1.d) del Decreto 19/2002 que pasará a tener la siguiente redacción:

“Premios a las mejores prácticas en la Administración Autonómica”.

Artículo 3.º– Se añaden dos nuevas letras al artículo 2.º 1 del Decreto 19/2002 con la siguiente redacción:

“f) Premio de Investigación sobre Modernización de la Administración Pública.

g) Premio de Investigación sobre Modernización de la Administración de la Comunidad de Castilla y León”.

Artículo 4.º– Se modifica el artículo 5.º 3.d) del Decreto 19/2002 que pasará a tener la siguiente redacción:

“Adquisición de bienes y servicios destinados a la mejora de la calidad y modernización de la Administración hasta un importe de 12.000 euros”.

Artículo 5.º– Se modifica el artículo 6.º 2.c) del Decreto 19/2002 que pasará a tener la siguiente redacción:

“Adquisición de bienes y servicios destinados a la mejora de la calidad y modernización de la Administración hasta un importe de 6.000 euros”.

Artículo 6.º– Se modifica el artículo 7.º 2.b) del Decreto 19/2002 que pasará a tener la siguiente redacción:

“1.500 euros.”.

Artículo 7.º– Se modifica el artículo 8.º del Decreto 19/2002 que pasará a tener la siguiente redacción:

“Premios a las mejores prácticas en las Administraciones de Castilla y León.

1.– Los Premios a las mejores prácticas en las Administraciones de Castilla y León tienen como fin el reconocimiento de las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma, o de cualquiera de sus órganos, unidades, centros o entidades, las Universidades públicas, los órganos periféricos de la Administración General del Estado en Castilla y León o cualquier otra Administración presente en Castilla y León, que más se hayan distinguido en la implantación de mejoras de la calidad de los servicios o modernización de la Administración, que hayan contribuido a incrementar la calidad con la que se prestan los servicios públicos.

2.– Se concederán tres premios, y cada uno de ellos consistirá en:

a) Un diploma acreditativo.

b) Una placa exterior representativa.

c) 6.000 euros destinados a realizar actuaciones de mejora de la calidad de los servicios y modernización de la Administración.”.

Artículo 8.º– Se modifica el artículo 9.º 3.b) del Decreto 19/2002 que pasará a tener la siguiente redacción:

“1.500 euros.”.

Artículo 9.º– Se introduce un nuevo artículo 10.º:

“Premio de Investigación sobre Modernización de la Administración Pública”.

1.– El Premio de Investigación sobre Modernización de las Administraciones Públicas tiene por objeto el reconocimiento a los trabajos de estudio e investigación y publicaciones llevados a cabo por los profesionales y empleados públicos de cualquier Administración pública en el campo de la implantación y estudio de sistemas gerenciales en la Administración.

2.– Se concederá un único premio que consistirá en:

a) Un diploma acreditativo, que contará con una valoración de 0,20 puntos a efectos de concurso de traslados en la Administración Autonómica de Castilla y León, cuando así se reconozca en las oportunas convocatorias.

b) 3.000 euros.

3.– A la vista de los trabajos presentados, si el jurado lo estima conveniente, se podrá conceder un accésit o mención especial. Dicha mención será reconocida con un diploma acreditativo que contará con una valoración de 0,10 puntos a efectos de concurso de traslados en la Administración autonómica de Castilla y León, cuando así se reconozca en la oportunas convocatorias, y 1.000 euros.

Con respecto a este premio la Administración Autonómica se reserva el derecho de edición de la obra.

Artículo 10.º– Se introduce un nuevo artículo 11.º:

“Premio de Investigación sobre Modernización de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

1.– El Premio de Investigación sobre Modernización de la Administración de la Comunidad de Castilla y León tiene como objeto el reconocimiento a los trabajos de estudio e investigación y publicaciones llevados a cabo por los profesionales y empleados públicos de las Administraciones Publicas de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en el campo de la implantación y estudio de sistemas gerenciales en la Administración de Castilla y León.

2.– Se concederá un único premio que consistirá en:

a) Un diploma acreditativo que contará con una valoración de 0,20 puntos a efectos de concurso de traslados en la Administración Autonómica de Castilla y León, cuando así se reconozca en las oportunas convocatorias.

b) 3.000 euros.

3.– A la vista de los trabajos presentados, si el jurado lo estima conveniente, se podrá conceder un accésit o mención especial. Dicha mención será reconocida con un diploma acreditativo que contará con una valoración de 0,10 puntos a efectos de concurso de traslados en la Administración Autonómica de Castilla y León, cuando así se reconozca en la oportunas convocatorias, y 1.000 euros.

Con respecto a este premio la Administración Autonómica se reserva el derecho de edición de la obra.

Artículo 11.º– Se modifica el párrafo segundo de la Disposición Adicional Primera del Decreto 19/2002, que pasará a tener la siguiente redacción:

“En las modalidades dirigidas a empleados públicos de la Administración Autonómica se entenderá incluido el personal de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León, de sus Organismos autónomos y, a los meros efectos de este Decreto, de los Entes Públicos de Derecho Privado.”.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

La referencia contenida en el Decreto 19/2002, a la Consejería de Economía y Hacienda, se entenderá referida a la Consejería competente en materia presupuestaria.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

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