DECRETO 141/2004, DE 1 DE JULIO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 50/2002, DE 14 DE FEBRERO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSELLERÍA DE POLÍTICA AGROALIMENTARIA Y DESARROLLO RURAL Y DEL FONDO GALLEGO DE GARANTÍA AGRARIA
El Centro de Recursos Zoogenéticos de Galicia en Fontefiz se dedica a la conservación y recuperación de las razas autóctonas de Galicia en peligro de extinción.
En el año 1991 se pusieron en marcha los distintos programas diseñados en el Plan Integral de Mejora Genética del Vacuno en Galicia (PIMG), para la recuperación de nuestras razas bovinas en peligro de extinción (Cachena, Caldelá, Frieiresa, Limiá y Vianesa).
Posteriormente, estas actividades se extendieron a otras especies, amparadas en el nuevo Programa de Mejora Ganadera de Galicia 2002-2006, que vino a sustituir al PIMG, con una implicación del centro que varía según la especie de que se trate y que va desde la total dedicación a una dedicación muy importante (Galiña de Mos, Ovella Galega y Porco Celta, Cabalo de Pura Raza Galega y razas caninas -Guicho o Quisquelo, Can de Palleiro, Perdigueiro Galego y Podenco Galego-).
Por su singularidad y especialidad es necesario que este centro cuente con autonomía de organización diferenciada, que redunde en una mayor eficacia y eficiencia de los recursos económicos y humanos.
En consecuencia, y por propuesta del conselleiro de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural, con el previo informe de las consellerías de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública y Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día uno de julio de dos mil cuatro, DISPONGO:
Artículo único.-Se modifica el Decreto 50/2002, de 14 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural y del Fondo Gallego de Garantía Agraria, modificado por el Decreto 161/2003, de 13 de febrero, añadiendo al apartado 1º del artículo 8, relativo a la Subdirección General de Ganadería, una nueva unidad bajo el punto 1.5:
“1.5. Centro de Recursos Zoogenéticos de Galicia:
le corresponderá la preservación de los recursos zoogenéticos autóctonos de Galicia”.
Disposición derogatoria Queda derogada cualquier disposición de rango igual o inferior que se oponga a lo establecido en el presente decreto.
Disposiciones finales Primera.-Las modificaciones que se establecen en el presente decreto no suponen incremento de gasto.
Segunda.-Se faculta al conselleiro de Política Agroalimentaria y Desarrollo rural para dictar las normas complementarias para el desarrollo y aplicación de este decreto.
Tercera.-Esta disposición entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.