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PREMIOS DE ESTUDIO E INVESTIGACIÓN SOBRE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN PÚBLICA

05/07/2004
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Orden de 29 de junio de 2004, por la que se convocan Premios de Estudio e Investigación sobre Administración y Gestión Pública (DOE de 3 de julio de 2004). Texto completo.

ORDEN DE 29 DE JUNIO DE 2004, POR LA QUE SE CONVOCAN PREMIOS DE ESTUDIO E INVESTIGACIÓN SOBRE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN PÚBLICA

Entre los fines y funciones que tiene asignadas la Escuela de Administración Pública ocupa un destacado lugar la promoción de actividades de estudio e investigación en materias relacionadas con el desarrollo del proceso de modernización de la Administración autonómica en general.

Para cumplir adecuadamente estos objetivos y estimular la producción científica en torno a la compleja y variada realidad de las Administraciones Públicas, esta Consejería estimó oportuno, en su momento, instituir un Premio anual destinado a fomentar y reconocer el estudio e investigación sobre las diferentes áreas y facetas de la Administración Pública.

La modernización de la Administración Pública constituye, hoy en día, un objetivo irrenunciable que se enmarca dentro de los procesos de innovación y mejora que demanda la sociedad, y cuyo objetivo es reforzar la confianza de los ciudadanos, incrementar su participación y conocer la percepción que tienen de los servicios que reciben de la Administración, con la única intención de acometer un proceso continuo de mejora que incremente la calidad en la prestación de los servicios públicos.

Consciente de esa realidad, y con el firme propósito de contribuir al impulso de modernización de la Administración Pública autonómica, el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura aprobó el 26 de febrero de 2004 el “Plan de Modernización, Simplificación y Calidad para la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (2004-2007)”, publicado en el “Diario Oficial de Extremadura” nº 26, de fecha 4 de marzo.

En este contexto, con esta convocatoria se pretende fomentar la participación de los propios empleados públicos en la reflexión sobre el proceso modernizador de la Administración autonómica a través de la presentación de iniciativas dirigidas a mejorar su eficacia, incorporar métodos innovadores, y garantizar así un eficaz servicio a la ciudadanía, en sintonía con las demandas de la sociedad.

En virtud de lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas a la Escuela de Administración Pública de Extremadura por el articulo 16 del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública aprobado mediante Decreto Legislativo 1/1990, de 26 de julio, se convocan los “Premios de Estudio e Investigación sobre Administración y Gestión Pública” correspondientes al año 2004 con arreglo a las siguientes Bases:

Primera.- Objeto y modalidades.

Los premios para trabajos de estudio e investigación convocados están destinados a distinguir los mejores trabajos que concurran a la presente convocatoria. En concreto, se instituyen dos premios de acuerdo con las modalidades que a continuación se especifican:

A) Premio a trabajos de estudio e investigación sobre la organización política y las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Trabajos que versarán sobre su estructura, ámbitos competenciales, sistema de relaciones interadministrativas y perspectiva histórica, tanto desde un enfoque jurídico como político, socio-cultural, económico o administrativo.

B) Premio a trabajos de estudio e investigación sobre iniciativas innovadoras que favorezcan la modernización de la Administración Autonómica de Extremadura y la mejora en la prestación de los servicios públicos, con particular incidencia en las técnicas y métodos susceptibles de contribuir a mejorar las políticas organizativas y de recursos humanos, singularmente en las facetas de selección, formación e instrumentos de ordenación y gestión de personal.

Segunda.- Número y dotación de los premios.

1. Los premios contarán con una dotación económica que se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02.121D.481 (Código de Superproyecto 200211029002 “Estudios de Investigación” y Código de Proyecto 200211020005 “Estudios de Investigación sobre Mejora de la Administración”), de acuerdo con la siguiente distribución:

a) Se adjudicará un premio para cada una de las modalidades anteriormente expresadas, que consistirá en una dotación económica de 4.800 euros y un diploma acreditativo a las dos candidaturas ganadoras. Dichos Diplomas, expedidos por la Escuela de Administración Pública de Extremadura, contarán con una valoración equivalente a 35 créditos formativos.

b) Se podrá adjudicar un accésit o mención especial por cada modalidad cuando, a la vista de los trabajos presentados, el Jurado lo estime conveniente. Cada una de estas menciones especiales será reconocida mediante dotación de 1.200 euros y un diploma expedido por la Escuela de Administración Pública de Extremadura, al que se otorgará un valor de 15 créditos formativos.

2. El importe de los premios, y en su caso de las menciones especiales, estará sujeto a retención fiscal, de acuerdo con lo establecido en la Ley 40/1998, reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, así como en el Reglamento de la misma.

3. En el supuesto de que los trabajos premiados estuvieran suscritos por varios autores, tanto las cuantías económicas como la atribución de créditos formativos, se harán efectivos en la proporción que aquéllos determinen en el momento de presentar la solicitud.

Dicha proporción será acreditada mediante documento suscrito al efecto por todos los autores del trabajo.

Tercera.- Destinatarios.

La presente convocatoria está abierta tanto a personas individuales como a equipos de trabajo conformados al efecto. Para la modalidad B) a que alude la base primera, los aspirantes deberán tener necesariamente la condición de empleados públicos de las Administraciones Públicas con ámbito territorial en la Comunidad Autónoma de Extremadura, incluida la Universidad.

Cuarta.- Los trabajos.

1. Quienes deseen concurrir a los premios deberán presentar sus trabajos en el Registro Auxiliar de la Escuela de Administración Pública de Extremadura (Avda. de la Libertad, s/n. 06800 Mérida), que expedirá el oportuno justificante expresivo de la fecha y hora de recepción, así como del título de la obra entregada, o podrán remitirlo por correo certificado a esta misma dirección con el epígrafe “Premios de Estudio e Investigación sobre Administración y Gestión Pública 2004”, sin que figure la identidad del autor en el envío postal, acogiéndose a lo establecido, respecto del uso de seudónimo, en el art. 24.3 del Reglamento de la prestación de servicios postales aprobado por Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre [B.O.E. núm. 313, de 31 de diciembre]. Igualmente, se podrán emplear cualquiera de las vías previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. de 27 de noviembre), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. de 14 de enero), salvaguardando en todo caso la identidad de el/los autor/es, que no deberán ser identificados en el documento de presentación ante el correspondiente Registro.

2. En los trabajos presentados no figurará ningún dato personal, debiendo constar únicamente su título. Junto al trabajo se presentará un sobre cerrado, rotulado con la denominación elegida y la modalidad a la que se opta, y que contendrá los datos personales del autor o autores, así como un breve currículum profesional.

(Según modelo Anexo I).

3. Los trabajos, escritos en lengua española, serán originales e inéditos y no deberán haber sido premiados con anterioridad. Se presentarán en triplicado ejemplar impresos en formato A4 mecanografiados a doble espacio, y por una sola cara, con una extensión mínima de ochenta páginas. Así mismo, se acompañará un soporte informático en procesador de textos standard conteniendo el trabajo.

Se excluyen expresamente las tesis doctorales que aborden los mismos contenidos a que se refiere la presente convocatoria.

Los trabajos que se presenten no se pueden haber financiado por cualquiera de las Administraciones Públicas.

4. En el supuesto de la modalidad “B” se deberá adjuntar, además de lo anteriormente expresado, una memoria descriptiva de la iniciativa innovadora presentada, junto a cuantos elementos permitan determinar su contenido y su aplicabilidad a la gestión pública.

5. El plazo de presentación de trabajos finaliza el día 15 de octubre de 2004.

Quinta.- Jurado.

1. Para el examen de los trabajos presentados y, en su caso, adjudicación de los premios, la titular de la Consejería de Presidencia designará un Jurado compuesto por un Presidente y cuatro vocales nombrados entre personas de reconocida cualificación en el ámbito de las Administraciones Públicas y de la Universidad.

Actuará como Secretario, con voz pero sin voto, un representante de la Escuela de Administración Pública de Extremadura.

En el proceso de evaluación, el jurado tendrá en cuenta el rigor científico, la calidad y el interés de la investigación, en función de la modalidad a la que se opta.

2. El funcionamiento del Jurado se regirá por las normas contenidas en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. Los miembros del Jurado, así como cuantas personas intervengan en el proceso de organización, valoración o concesión de los premios, observarán la debida confidencialidad sobre los resultados de las valoraciones que se efectúen a las candidaturas presentadas.

Sexta.- Resolución.

1. El Jurado, una vez evaluados los trabajos presentados, elevará propuesta a la Consejera de Presidencia con el fallo de los premios y, en su caso, con las menciones especiales que considere oportuno otorgar. Si a juicio del Jurado ninguna de las candidaturas reuniera los méritos suficientes, el premio o premios que correspondan serían declarados desiertos.

2. A la vista del Acta del Jurado, la Consejera de Presidencia dictará Resolución de concesión de los premios y, en su caso, de las menciones especiales, que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura sin perjuicio de su notificación individual a los premiados. El plazo para resolver la concesión de premios expira el 15 de noviembre de 2004.

3. El acto público de entrega de los premios tendrá lugar en la fecha y lugar que oportunamente se determinen.

4. Los perceptores de los premios deben acreditar estar dados de alta en el sistema de Terceros, en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la concesión del premio, mediante copia compulsada de alta en el citado sistema.

5. De igual forma, no deberán ser deudores de la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, lo que se comprobará de oficio por la Secretaría General de la Consejería de Presidencia.

6. Los perceptores de los premios deberán aportar declaración responsable de no estar incursos en las prohibiciones a que se refiere el artículo 13.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptima.- Opciones y derechos.

1. La Administración Autonómica extremeña se reserva el derecho a editar aquellos trabajos que resulten premiados o sean merecedores de mención especial, así como al uso y explotación de las iniciativas innovadoras premiadas en la modalidad “B” recogida en la Base primera de esta convocatoria. Ambos derechos caducarán a los tres años de la concesión de los premios, en el supuesto de que, dentro de dicho plazo, no se hubieran ejercido.

2. Los trabajos no premiados podrán ser recogidos por los interesados o persona debidamente autorizada para ello en la sede de la Escuela de Administración Pública de Extremadura (Avda. de la Libertad, s/n. Mérida) durante los dos meses siguientes a la inserción en el Diario Oficial de Extremadura del acuerdo de concesión de los premios. Transcurrido dicho plazo se procederá a su destrucción, al objeto de salvaguardar los derechos de propiedad intelectual sobre los mismos.

Octava.- Aceptación de la convocatoria.

La participación en la presente convocatoria implicará la plena aceptación de sus Bases y el sometimiento a las mismas de cuantos aspirantes concurran con sus trabajos.

Novena.- Incidencias.

1. Las incidencias que puedan plantearse y los supuestos no previstos en estas Bases serán resueltas por la Consejera de Presidencia de la Junta de Extremadura.

2. Contra la presente Orden y los actos que de ella se deriven, por poner fin a la vía administrativa, sólo cabrá interposición de recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio del potestativo recurso de reposición contemplado en el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que podrá ejercitarse en la forma prevista en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

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