El artículo 2.2 del Decreto 67/1987, de 4 de marzo, establece que la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad fijará por acuerdo del Consejo de Administración el porcentaje de premios para cada serie y su distribución.
El artículo 4 de la Orden de 4 de marzo de 1987, por la que se aprueba el Reglamento del juego de Loto Ràpid organizado por la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad, establece que las características de las series de Loto Ràpid que se emitan se publicarán mediante una resolución del director general de la Entidad.
Con el fin, pues, de publicar el inicio de la distribución y las características de la serie de billetes de Loto Ràpid denominada Castell de premis, y de conformidad con el Consejo de Administración,
Resuelvo:
El inicio de distribución de la serie de billetes de Loto Ràpid denominada Castell de premis (número de serie 13) a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el DOGC, cuyas características se detallan a continuación:
.1 La serie está formada por 600.000 (seiscientos mil) billetes, el porcentaje destinado a premios programado es del 57,00%, y la estructura de premios siguiente:
(Tabla omitida)
.2 El precio de venta al público de los billetes de esta serie es de 1 (un) euro.
.3 El sistema para descubrir los premios presorteados consiste en rascar las dos áreas de juego representadas en el billete con dos recuadros identificados como joc 1 y joc 2.
.4 Los billetes ganadores son aquellos en que uno de los dos juegos resulte premiado de conformidad con las siguientes reglas:
Joc 1, si bajo el área de juego rascada aparecen tres símbolos idénticos se gana la cantidad indicada en la casilla “premi”.
Joc 2, si bajo el área de juego rascada aparecen tres cantidades iguales, se gana (una vez) esta cantidad.