DECRETO 303/2004, DE 25 DE MAYO, DE MODIFICACIÓN DE LA DENOMINACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE SANIDAD Y SEGURIDAD SOCIAL
Preámbulo
El artículo 9.1 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, en la redacción que da a este precepto la Ley 1/2000, de 30 de marzo, faculta al Presidente de la Generalidad para que, mediante una norma con rango de decreto, pueda modificar la denominación de los departamentos en que se estructura la Administración de la Generalidad.
Por lo tanto, de conformidad con la habilitación legal citada,
Decreto:
Artículo único
Cambio de denominación de departamento
El Departamento de Sanidad y Seguridad Social pasa a denominarse Departamento de Salud.
Disposición adicional única
Todas las referencias que la normativa vigente haga al Departamento de Sanidad y Seguridad Social deben entenderse hechas a la nueva denominación que establece este Decreto.
Disposición final única
Este Decreto entra en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.