Manuel Jiménez de Parga y Tomás S. Vives Antón cumplen su mandato el próximo 8 de abril, por lo que se ha abierto una polémica sobre si sus sustitutos los debe realizar el actual Gobierno en funciones o, por contra, lo procedente y legítimo sería aplazar esa designación hasta que el Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero tome posesión.
En este sentido, la Asociación Profesional de la Magistratura considera que el actual Gobierno en funciones “gobierna en España, sigue gobernando y, por lo tanto, debe hacer todo lo que esté previsto en las leyes, sin exclusión de ningún tipo, como haría cualquier otro Gobierno”.
Así, la Asociación Profesional de la Magistratura no tiene dudas en que el actual Ejecutivo en funciones actuaría con respaldo de la legalidad si nombrase a los sustitutos de Manuel Jiménez de Parga y Tomás S. Vives Antón.
Una opinión muy distinta es la que se mantiene desde Jueces para la Democracia que considera que el Gobierno en funciones no debe en ningún caso proceder a realizar esos dos nombramientos “conforme al sentido común y a la lealtad democrática”.
Por su parte, el vocal del Consejo General del Poder Judicial en Andalucía, Juan Carlos Campo, dijo que cree que existe un “obstáculo legal” para que el Gobierno en funciones pueda renovar a dos jueces del Tribunal Constitucional.
El vocal del Consejo ha indicado que dicho nombramiento antes del traspaso de poderes lo impide el artículo 21 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
Debido a esto, el Gobierno en funciones ha decidido solicitar un informe a la Abogacía del Estado para que le asesore sobre si puede renovar antes del traspaso de poderes a los dos magistrados del Tribunal Constitucional.