Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 20/02/2004
 
 

EL DEFENSOR DEL PUEBLO NO INTERPONDRÁ RECURSO ANTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL A LA LEY DE EXTRANJERÍA

20/02/2004
Compartir: 

El Defensor del Pueblo ha decidido no interponer recurso contra la reforma de la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, de Reforma de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

La Institución de la que es titular Enrique Múgica ha recibido hasta 75 peticiones para que tomara esa decisión, que finalmente descarta siguiendo su criterio de no hacerlo “cuando lo ha hecho ya otro de los sujetos constitucionalmente legitimados para ello”.

Sin embargo, y a pesar de no presentar el mencionado recurso, el Defensor del Pueblo anuncia que va a emprender una serie de iniciativas “con independencia del recurso ahora presentado, cuya tramitación material se prolongará previsiblemente en el tiempo y en atención a razones humanitarias y pragmáticas”.

Entre ellas destaca el comienzo de contactos con la Administración de forma inmediata para que “se efectúe un adecuado desarrollo reglamentario de la ley que permita, cuando menos, determinar vías de regularización individual a los extranjeros que permanecen en España en situación irregular”.

Entre los aspectos más polémicos de esta ley se encuentran los recogidos en su artículo 1, apartados: 31, 32, 34, 35, 38, 39 y 40, así como el artículo tercero, apartados 3 y 5. En ellos se regulan aspectos como la devolución de los inmigrantes, los centros de internamiento y la posibilidad de que la Policía acceda al padrón sin consentimiento previo de los afectados.

Esta última medida ha sido especialmente criticada, a pesar de que la Policía ha aclarado que el padrón no se utilizará para detectar bolsas de inmigración irregular, sino como herramienta de investigación para hacer cumplir resoluciones judiciales y administrativas.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana