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EL SENADO INTRODUCE EN EL CÓDIGO PENAL LA REFORMA DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL

24/10/2003
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La Comisión de Justicia del Senado subsanó el pasado jueves el error del Congreso de los Diputados al introducir en el Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal una serie de modificaciones de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que decayeron en la Cámara Baja, el pasado día 16, por no haber el número suficiente de parlamentarios.

Así, se ha llegado a un acuerdo para introducir en el informe de la ponencia sobre el Proyecto de Ley Orgánica, una enmienda transaccional que establece la modificación de una serie de artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en materias tan importantes como el ADN, los juicios rápidos y la prisión provisional.

Una vez que culmine el trámite parlamentario, las reformas tendrán que volver a pasar por el Congreso de los Diputados y se podrán incorporar las modificaciones en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Según la reforma, los jueces podrán acordar, siempre que concurran acreditadas razones que lo justifiquen, la obtención de muestras biológicas del sospechoso que resulten indispensables para la determinación de su perfil de ADN.

Además, se cambian las condiciones de la prisión provisional, de modo que el juez o el tribunal podrá acordar una prórroga de hasta dos años de la misma, si el delito tuviera señalada pena privativa de libertad superior a tres años, o de hasta seis meses, si el delito tuviera señalada pena igual o inferior a tres años.

En cuanto a los juicios rápidos, éstos se extenderán a delitos de lesiones, coacciones, amenazas, violencia física o psíquica habitual, tráfico de drogas a pequeña escala y contra la propiedad intelectual.

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