Diario del Derecho. Edición de 19/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 09/10/2003
 
 

LA REFORMA DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL SUPRIMIRÁ EL ACCESO A LA CARRERA POR EL TERCER TURNO

09/10/2003
Compartir: 

El llamado “tercer turno” de acceso a la carrera judicial quedará suprimido una vez que quede aprobada por las Cortes la reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, actualmente en tramitación en el Senado.

La Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial prevé que en cada convocatoria de plazas a juez, se reserve una cuarta parte de ellas para licenciados en Derecho con al menos seis años de ejercicio profesional que superen un concurso-oposición y un curso en la Escuela Judicial.

Esta previsión -que regula el “tercer turno”- desaparecerá con la finalidad de garantizar y mejorar la calidad de la Justicia, según figura en una enmienda al Proyecto de Ley presentada en el Senado por iniciativa del Gobierno.

La enmienda presentada incide en que “el ingreso en la carrera judicial estará basado en los principios de mérito y capacidad para el ejercicio de la función jurisdiccional” y apuesta por una preparación integral, especializada y de alta calidad a los miembros de la carrera judicial así como a los aspirantes a ingresar en ella a través de la Escuela Judicial.

Además, la enmienda pretende garantizar la plena profesionalización de la Justicia, de forma que las funciones jurisdiccionales se ejerzan exclusivamente por jueces y magistrados de carrera evitando, salvo en casos excepcionales, la presencia de jueces sustitutos o interinos en los Juzgados.

Será el Consejo General del Poder Judicial el encargado de conseguir la especialización y la total profesionalización de jueces y magistrados a través de un Plan de Formación Continuada.

La reforma a la Ley no afecta en cambio al sistema de acceso a la carrera judicial por el “cuarto turno”, reservado a juristas de reconocida competencia con más de diez años de ejercicio profesional.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El nuevo modelo de Registro Civil impulsado por Justicia alcanza ya al 50% de la población
  2. Actualidad: La AN condena al excomisario de Barajas a 5 años de cárcel por dar un trato VIP en el aeropuerto a cambio de regalos
  3. Actualidad: Félix Bolaños sitúa la digitalización en el centro de la modernización histórica de la Justicia
  4. Estudios y Comentarios: Confederal y federal; por Francisco Sosa Wagner, catedrático universitario
  5. Tribunal Supremo: En caso de tortura la acreditación de los hechos alegados debe valerse del criterio de la prueba más allá de toda duda razonable
  6. Actualidad: El Supremo hace responsable a la banca de restituir anticipos con letras de cambio en la compra de viviendas
  7. Libros: BLANCO LÓPEZ, M.ª Ángeles: Música y Derecho. La educación musical como medio de integración social y su evolución histórica hacia la configuración de un nuevo Derecho, Iustel, 334 Páginas
  8. Estudios y Comentarios: Una casa sin cimientos; por Consuelo Madrigal Martínez-Pereda, Académica de Número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España
  9. Tribunal Supremo: La cesión del coche de empresa no está sujeta al IVA, aunque la empresa se haya deducido parte del Impuesto soportado por la adquisición del vehículo mediante renting
  10. Tribunal Constitucional: El Pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad desestima el Recurso de Inconstitucionalidad del PP y confirma que el País Vasco y Navarra tienen competencia para gestionar el ingreso mínimo vital

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana