El Proyecto establece que los distintos Servicios Públicos de Empleo Estatal o autonómicos cooperarán y coordinarán sus actuaciones, además con la colaboración de otras entidades especializadas en la materia, como agencias de colocación, empresas de trabajo temporal y organizaciones sindicales y empresariales.
El texto es fruto del diálogo con representantes de las Comunidades Autónomas y de los interlocutores sociales, habiéndose aceptado un número importante de observaciones planteadas por ellos.
El Proyecto de Ley establece el nuevo marco de actuación para las políticas de empleo, adecuándolo al reparto constitucional de competencias y a las necesidades de ajuste a la estrategia europea de empleo.
Para mejorar las oportunidades de empleo la nueva normativa establece un conjunto de medidas que pueden recibir los desempleados, adaptándose a sus características personales y a las del mercado de trabajo en el cual han de participar.
Así, a cada desempleado se le proporcionarán acciones que mejoren sus posibilidades de inserción y éste debe comprometerse a participar activamente en la búsqueda de un empleo.
Se dará apoyo adicional a los colectivos con especiales dificultades para integrarse en el mercado de trabajo, que se articulará a través de itinerarios de atención personalizada y de tutoría de los desempleados, especialmente a los parados de larga duración, en función de sus características personales y profesionales.
Para conocer las oportunidades de empleo existentes en todo el país el Proyecto determina principios comunes de actuación de todos los Servicios Públicos de Empleo, entre los que destacan la compatibilidad de los sistemas informáticos y la existencia de una única base de datos de ofertas y demandas de trabajo para todo el Estado, integrando la información de las comunidades autónomas.
Se pretende así facilitar la movilidad de los trabajadores y que cualquier persona independientemente del territorio en que se encuentre, pueda buscar un empleo en un lugar distinto a su residencia habitual.