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  • EDICIÓN DE 18/06/2003
 
 

INSTALACIONES DESTINADAS A ACTIVIDADES CON NIÑOS Y JÓVENES

18/06/2003
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Decreto 140/2003, de 10 de junio, de aprobación del Reglamento de instalaciones destinadas a actividades con niños y jóvenes (DOGC de 18 de junio de 2003).

De acuerdo con la Ley 38/1991, de 30 de diciembre, de instalaciones destinadas a actividades con niños y jóvenes, el Gobierno de la Generalidad de Cataluña aprobó por Decreto 276/1994, de 14 de octubre, el reglamento que la desarrolla y en el que se establecen las condiciones técnicas que tienen que cumplir aquellas instalaciones.

El Decreto 276/1994, de 14 de octubre, desarrolla la Ley para los cinco tipos de instalaciones que se definen en ella: las casas de colonias, los albergues de juventud, las granjas escuela, las aulas de naturaleza y los campamentos juveniles.

Ahora, el Decreto 140/2003 actualiza esta normativa y define con más detalle las condiciones específicas de las granjas escuela y las aulas de naturaleza, garantizando la existencia de los equipamientos y los programas pedagógicos necesarios para su función.

Asimismo, el Decreto autonómico diferencia más claramente las características propias de los albergues de juventud y amplía los tipos de usuarios admitidos, de forma no habitual, en las casas de colonias, granjas escuela y aulas de naturaleza.

Finalmente el Reglamento que aprueba el Decreto 140/2003 define la Red Catalana de Instalaciones Juveniles, dejando para un desarrollo normativo posterior la regulación de su funcionamiento interno y de otros aspectos de procedimiento.

La Ley 38/1991, de 30 de diciembre, sobre instalaciones destinadas a actividades con niños y jóvenes puede consultarse en el Libro Séptimo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

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