De acuerdo con la Ley 38/1991, de 30 de diciembre, de instalaciones destinadas a actividades con niños y jóvenes, el Gobierno de la Generalidad de Cataluña aprobó por Decreto 276/1994, de 14 de octubre, el reglamento que la desarrolla y en el que se establecen las condiciones técnicas que tienen que cumplir aquellas instalaciones.
El Decreto 276/1994, de 14 de octubre, desarrolla la Ley para los cinco tipos de instalaciones que se definen en ella: las casas de colonias, los albergues de juventud, las granjas escuela, las aulas de naturaleza y los campamentos juveniles.
Ahora, el Decreto 140/2003 actualiza esta normativa y define con más detalle las condiciones específicas de las granjas escuela y las aulas de naturaleza, garantizando la existencia de los equipamientos y los programas pedagógicos necesarios para su función.
Asimismo, el Decreto autonómico diferencia más claramente las características propias de los albergues de juventud y amplía los tipos de usuarios admitidos, de forma no habitual, en las casas de colonias, granjas escuela y aulas de naturaleza.
Finalmente el Reglamento que aprueba el Decreto 140/2003 define la Red Catalana de Instalaciones Juveniles, dejando para un desarrollo normativo posterior la regulación de su funcionamiento interno y de otros aspectos de procedimiento.
La Ley 38/1991, de 30 de diciembre, sobre instalaciones destinadas a actividades con niños y jóvenes puede consultarse en el Libro Séptimo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.