El Real Decreto 63/1995, de 20 de enero, sobre Ordenación de Prestaciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud, ordena y sistematiza las atenciones y prestaciones sanitarias directas y personales del Sistema Nacional de Salud a todos los ciudadanos, señalando la posibilidad de que las Comunidades Autónomas realicen actividades y prestaciones complementarias con cargo a sus propios recursos.
En base a esto, el Decreto 83/2003 tiene por objetivo establecer unos plazos máximos en la atención quirúrgica dentro del Sistema de Salud de Aragón y establecer un sistema de garantías para asegurar su cumplimiento de forma que se evite la aparición de complicaciones que impliquen deterioro para la salud y la calidad de vida de los ciudadanos.
El Decreto autonómico implanta como garantía principal que ante el incumplimiento del plazo máximo de respuesta a una demanda de atención quirúrgica, la Administración Sanitaria se obliga a abonar al centro, público o privado, elegido por el paciente los gastos derivados de la correspondiente intervención quirúrgica, con el límite máximo de las cuantías que se señalan.
Asimismo, el Decreto 83/2003 crea el Registro de Demanda Quirúrgica como instrumento para el control y gestión de la demanda de intervenciones quirúrgicas programadas y sometidas a la garantía del plazo.
Establece también el Decreto la exclusión del pago de gastos de la intervención quirúrgica en caso de que ésta se realice por facultativos pertenecientes al Sistema de Salud de Aragón, como una garantía más que impide el menoscabo de la eficacia del sistema público de salud.
El objeto del Decreto 83/2003 es establecer plazos máximos en la atención quirúrgica en el Sistema de Salud de Aragón así como un sistema de garantías que aseguren el cumplimiento de aquellos, creando, a tal fin, el Registro de Demanda Quirúrgica del Sistema de Salud de Aragón.
El Real Decreto 63/1995, de 20 de enero, sobre ordenación de prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud puede consultarse en el Libro Séptimo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.