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  • EDICIÓN DE 29/04/2003
 
 

MODIFICADO EL CONVENIO ECONÓMICO CON NAVARRA

29/04/2003
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El Consejo de Ministros ha remitido a las Cortes Generales el Proyecto de Ley de modificación del Convenio Económico con la Comunidad Foral de Navarra, el cual, recoge los Acuerdos entre la Administración General del Estado y la Comunidad Foral de Navarra en torno a la reforma del Convenio Económico alcanzados el pasado 22 de enero.

La Comunidad Foral de Navarra tiene potestad para mantener, establecer y regular su propio régimen tributario, lo que se traduce en la capacidad de Navarra para regular y recaudar sus propios tributos, y en la necesidad de que la Comunidad Foral realice la oportuna aportación para el sostenimiento de las cargas generales del Estado.

El Convenio Económico es el instrumento jurídico, previsto en la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, que regula las relaciones de orden tributario y financiero entre el Estado y Navarra, y fija los términos en los que ha de señalarse o determinarse la aportación de Navarra.

Aunque el Convenio Económico actual entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra tiene vigencia indefinida, puede ser modificado en cualquier momento por acuerdo de ambas partes, ya que se trata de una norma pactada.

La aprobación del Proyecto de Ley permitirá adaptar el Convenio Económico a las reformas tributarias llevadas a cabo por el Estado, entre las que destaca la creación del nuevo Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, así como la modificación en territorio común del régimen de la cesión de tributos del Estado a las Comunidades Autónomas.

El Proyecto también modifica el Convenio Económico en materia de estabilidad presupuestaria, ya que se asigna a la Comisión Coordinadora la competencia para acordar los compromisos de colaboración y coordinación en materia de estabilidad presupuestaria.

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