La pesca con artes menores, a excepción de algunas normas concretas para determinadas especies, carece de una regulación específica para las aguas interiores del Archipiélago Balear.
Teniendo en cuenta que esta modalidad de pesca es la más característica y propia de Baleares, donde representa más del 85% del conjunto de la flota pesquera, se dicta el Decreto 17/2003 para regularla con carácter general en las aguas interiores de la Comunidad Autónoma.
El Decreto 17/2003 no será aplicable a la pesca de la langosta (Palinurus spp.) y de la lampuga (Coryphaena hippurus), que continuarán reguladas por su normativa específica.