La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad establece que todos los centros y establecimientos sanitarios estarán sometidos a la inspección y control sanitarios, determinando las competencias generales de la Inspección Sanitaria.
En concordancia con dicha Ley, el Decreto 145/2003 regula la inspección de centros, servicios, unidades y establecimientos sanitarios públicos o privados.
La aprobación por el Decreto 145/2003 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Servicios Sanitarios tiene como finalidad el conciliar la efectividad del deber constitucional de protección de la salud, y por lo tanto la eficacia de la actuación de la Inspección en materia sanitaria, con los derechos de los ciudadanos.
De otra parte, el Reglamento sirve de marco regulador de la actividad inspectora, encuadrada como un elemento básico en la gestión sanitaria y como instrumento de organización y coordinación de las distintas unidades de la Consellería de Sanidad.
Destaca en el Decreto autonómico la regulación del secreto profesional al que legalmente todo el personal adscrito a la Inspección de Servicios Sanitarios está sujeto y, asimismo, el deber de dar cuenta de aquellos actos contrarios al ordenamiento jurídico de los que tuviera conocimiento en cumplimiento de sus funciones.
La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad puede consultarse en el Libro Séptimo del Repertorio de Legislación vigente de Iustel.