La Comunidad Autónoma de las Islas Baleares tiene competencia exclusiva en materia de infancia y familia en virtud de lo que establece el artículo 10.14 de su Estatuto de Autonomía.
En base a esta competencia normativa, el Decreto 15/2003 crea el Consejo de Infancia y Familia de las Illes Balears como un órgano colegiado adscrito a la Consejería de Bienestar Social, de composición mixta y multidisciplinaria, con funciones de consulta y propuesta en la materia.
Este órgano técnico consultivo en materia de infancia y familia tiene como objeto proponer al Gobierno de las Islas Baleares la adopción de medidas normativas, ejecutivas, de coordinación o planificación en el ejercicio de sus competencias.
Asimismo, el Consejo de Infancia y Familia de las Illes Balears creado por el Decreto 15/2003 tiene funciones de consulta y propuesta, debido a su composición multidisciplinaria.
La Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares puede consultarse en el Libro Segundo del Repertorio de Legislación vigente de Iustel.