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  • EDICIÓN DE 17/01/2003
 
 

LOS BANCOS TENDRÁN QUE IDENTIFICAR A QUIENES ORDENEN TRANSFERENCIAS

17/01/2003
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El Ministerio de Economía ha enviado a consulta de los sectores afectados un nuevo reglamento sobre medidas de prevención del blanqueo de capitales en el cual se aumentan las obligaciones de recabar información sobre sus clientes a bancos, cajas, aseguradoras y agencias y sociedades de valores.

Con esta nueva normativa el Gobierno complementa el Proyecto de Ley sobre movimientos de capitales y medidas de prevención del blanqueo de dinero, que se aprobó en Consejo de Ministros a mediados del pasado mes de diciembre y que ahora se tramita en el Congreso de los Diputados.

El Proyecto de Real Decreto, elaborado por la Dirección General del Tesoro del Ministerio de Economía, modifica el actual Reglamento sobre determinadas medidas de prevención de blanqueo de capitales.

Las principales novedades del Proyecto son las obligaciones de recabar información sobre sus clientes que se exigen a las entidades de crédito, aseguradoras, sociedades y agencias de valores, instituciones de inversión colectiva, sociedades gestoras de fondos de inversión, pensiones, y de cartera, emisoras de tarjetas de crédito y personas físicas o jurídicas que ejerzan actividad de cambio de moneda.

Otra de las novedades importantes es que se exige que las entidades identifiquen a los titulares reales por cuya cuenta se ordenen las transferencias.

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