El Tribunal Constitucional, por providencia de 12 de noviembre, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 5762-2002, promovido por el Presidente del Gobierno contra los artículos 12.4, segundo inciso, y 38.2 de la Ley del Parlamento de Cataluña 16/2002, de 28 de junio, de protección contra la contaminación acústica.
Se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados, desde la fecha de interposición del recurso para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado para los terceros.
Asimismo, el Tribunal Constitucional, por providencia de 12 de noviembre, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 5840-2002, promovido por el Presidente del Gobierno contra los artículos 1.c; 3, en cuanto a la expresión "o inmueble"; 4.1, en el inciso "si lo retenido es una finca que constituye la vivienda familiar, la notificación debe hacerse al cónyuge o a la persona conviviente"; 4.2; 4.3; 8; Capítulo IV (artículos 21, 22 y 23) y disposición transitoria, en la expresión "y de anticresis", de la Ley del Parlamento de Cataluña 19/2002, de 5 de julio, de derechos reales de garantía.