En la actualidad, el tratamiento procesal de las separaciones de las uniones de hecho es una materia que no está regulada expresamente, y existe una polémica sobre cuál es la tramitación a seguir.
Para resolver estos casos hay que buscar en el articulado de la Ley de Enjuiciamiento Civil y por analogía o por remisión encontrar cuál es el tratamiento procesal.
Esta situación provoca que se esté a expensas de la aplicación que quiera dar cada Tribunal y dependiendo de la Comunidad Autónoma se da un tratamiento procesal diferente.