El Decreto 345/2002 se dicta por la necesidad de contar con un instrumento para garantizar la eficacia en el cumplimiento de las funciones por las nuevas Administraciones comarcales y prestar un mejor servicio para los ciudadanos.
El Consejo de Cooperación Comarcal tiene como finalidad la colaboración entre las nuevas Administraciones comarcales y la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Pertenecerán al Consejo de Cooperación Comarcal que crea el Decreto 345/2002 todas las Comarcas que así lo deseen y una representación de todos los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Se trata, pues, de un órgano colegiado con funciones consultivas, deliberantes y de cooperación, que se hace depender orgánicamente del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales.
En cuanto a la estructura interna del Consejo, el Decreto 345/2002 establece que su funcionamiento podrá tener lugar tanto a nivel plenario como con Comisiones.
En lo que se refiere a las competencias, el texto del Decreto distingue las que se pueden desarrollar en el ámbito de las funciones consultivas y deliberantes de las que pueden, incluso, dar lugar a la adopción de Acuerdos.