Diario del Derecho. Edición de 04/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 05/11/2002
 
 

RECLAMACIONES DE TURISMO

05/11/2002
Compartir: 

Decreto 297/2002, de 24 de octubre, por el que se regulan el Libro de visitas de la inspección turística y las hojas de reclamaciones de turismo (DOG de 5 de noviembre de 2002).

La Comunidad Autónoma tiene atribuida competencia exclusiva en materia de promoción y ordenación del turismo, de acuerdo con el artículo 27 del Estatuto de Autonomía de Galicia.

El Decreto 297/2002 establece los mecanismos de inspección con la finalidad de contribuir a la mejora de la calidad en la prestación de los servicios turísticos y garantizar el cumplimiento de la normativa vigente.

Para ello regula el Decreto autonómico el Libro de visitas de la inspección turística, que deberá estar a disposición de los inspectores de turismo en los establecimientos donde se realice una actividad turística, a los efectos de reflejar las inspecciones que se lleven a cabo y sus circunstancias.

El Libro de visitas de la inspección proporciona a los responsables de las empresas y establecimientos turísticos la constancia formal de las anomalías y deficiencias advertidas a los efectos de su subsanación.

En este sentido el Decreto 297/2002 establece el carácter obligatorio del Libro de visitas para las empresas y establecimientos turísticos, regula su tramitación y determina unos modelos más racionales y ajustados a las nuevas exigencias.

La Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, de Estatuto de Autonomía de Galicia puede consultarse en el Libro Segundo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Si el empresario delega de manera válida y efectiva las funciones de prevención de riesgos en un técnico o profesional cualificado y cumple con su deber de supervisión, puede quedar exonerado de responsabilidad penal en caso de accidente de un trabajador
  2. Tribunal Supremo: La indemnización legal por despido -colectivo, objetivo o disciplinario- no computa a efectos del acceso al subsidio de desempleo, pero sí la superior a dicho umbral
  3. Actualidad: El Supremo propone juzgar a Ábalos, Koldo y De Aldama por presuntas irregularidades en la compra de mascarillas
  4. Actualidad: El TSJA confirma la condena a dos mujeres que amenazaron a otra por su condición de inmigrante
  5. Tribunal Supremo: La falta de prueba pericial de la autenticidad de las conversaciones de WhatsApp no implica necesariamente y en todos los casos que su contenido no pueda ser objeto de valoración cuando a través de otras vías se puede descartar su manipulación
  6. Revistas: Iustel presenta el número 17 de su Revista General de Insolvencias & Reestructuraciones / Journal of Insolvency & Restructuring (I&R)
  7. Actualidad: La Comisión Mixta entre Justicia y el TSJC analiza las primeras fases de la Ley de Eficiencia Judicial
  8. Actualidad: Da comienzo el juicio contra el Fiscal General del Estado
  9. Legislación: Subvenciones para el sostenimiento económico y financiero de determinadas entidades sin ánimo de lucro para la prestación de servicios especializados a personas con discapacidad
  10. Estudios y Comentarios: Un bochorno para la institución; por Cristina Dexeus, presidenta de la Asociación de Fiscales (AF)

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana