Publicada la Ley de Cantabria 10/2001, de 28 de diciembre, en el Boletín Oficial de Cantabria extraordinario número 5, de 31 de diciembre de 2001, y advertida la existencia de errores, se procede a efectuar las consiguientes correcciones.
En primer lugar, en el artículo 5.1 de la Ley, donde dice: “El personal que se incorpore de acuerdo con la normativa vigente”, debe decir: “c) El personal que se incorpore de acuerdo con la normativa vigente”.
La segunda corrección se sitúa en el artículo 8.3 de la Ley, donde dice: “supresión”; debe decir: “suspensión”.
Y finalmente, en el artículo 20.2 del Estatuto que figura como Anexo a la Ley, donde dice: “Consejo de Administración”, debe decir: “Consejo de Dirección”.
La Ley 10/2001, de 28 de diciembre, de creación del servicio cántabro de salud puede consultarse en el Libro Séptimo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.