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  • EDICIÓN DE 07/08/2002
 
 

VIOLENCIA EN ESPECTÁCULOS DEPORTIVOS

07/08/2002
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Decreto 212/2002, de 1 de agosto, por el que se regulan la composición y el funcionamiento de la Comisión contra la Violencia en Espectáculos Deportivos de Cataluña y se determinan los órganos competentes respecto del régimen sancionador en materia deportiva (DOGC de 7 de agosto de 2002).

El Decreto autonómico regula un organismo para centralizar y coordinar en Cataluña las actuaciones destinadas a la prevención de la violencia en el deporte en virtud de las competencias que el Estatuto de autonomía otorga a la Generalidad de Cataluña en materia de protección de las personas y bienes y de mantenimiento del orden público.

La Comisión contra la Violencia en Espectáculos Deportivos de Cataluña actúa para prevenir todo tipo de acciones y manifestaciones de violencia que puedan producirse como consecuencia de actividades deportivas en el ámbito territorial de Cataluña.

Entre las funciones que corresponden a dicha Comisión, destaca la elaboración de informes y estudios sobre las causas de la violencia en el deporte, y la promoción y divulgación de acciones de prevención y de campañas de colaboración ciudadana.

El Decreto 212/2002 tiene por objeto, entre otros, regular la composición y el funcionamiento de la Comisión citada, además de fijar su dependencia orgánica, así como concretar los órganos competentes para acordar la incoación de procedimientos sancionadores en materia deportiva y para imponer las sanciones.

La Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía de Cataluña puede consultarse en el Libro Segundo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

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