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  • EDICIÓN DE 31/07/2002
 
 

DESARROLLO Y EMPLEO LOCAL

31/07/2002
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Decreto 110/2002, de 23 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de diversas líneas de actuación en materia de desarrollo y empleo local en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE de 30 de julio de 2002).

Por un lado, el Estatuto de Autonomía de Extremadura establece que corresponde a dicha Comunidad la función ejecutiva en materia laboral, y por otro, el Real Decreto 664/2001, de 22 de junio traspasa las competencias de gestión y control de las subvenciones para el fomento del desarrollo local.

La Ley 7/2001, de 14 de junio, creó el Servicio Extremeño Público de Empleo, como Órgano gestor de la política de empleo, adscrito a la Consejería de Trabajo y entre cuyas funciones figura la puesta en marcha, gestión y control de los programas para la inserción laboral de los desempleados y de formación ocupacional.

En este contexto el Decreto 110/2002 engloba todos los programas traspasados relacionados con el desarrollo local que, con pleno respeto a la competencia normativa del Estado, permite una visión de conjunto.

Además introduce modificaciones en el Decreto 25/2002, de 11 de marzo, por el que se regulan los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo, al objeto de posibilitar la trasferencia de fondos a las Entidades promotoras.

Así mismo, el Decreto autonómico amplía los plazos establecidos para la retirada de los cheques de inserción, así como su periodo de validez, al objeto de flexibilizar y acomodar el desarrollo del programa a las demandas del mercado de trabajo regional.

El objeto del Decreto 110/2002 es promover la generación de empleo en el entorno local y establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas y subvenciones a las Entidades Locales.

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