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MEDIDAS PARA LA CREACIÓN DE EMPLEO

18/06/2002
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Decreto 141/2002, de 7 de mayo, sobre incentivos, programas y medidas de fomento a la creación de empleo y al autoempleo (BOJA de 18/6/2002).

El Estatuto de Autonomía para Andalucía establece como objetivo básico de la Comunidad Autónoma la consecución del pleno empleo en todos los sectores de la producción y la garantía de puestos de trabajo para los jóvenes.

Las medidas establecidas en el Decreto 141/2002 dimanan del V Acuerdo de Concertación Social, suscrito entre el Gobierno de la Junta de Andalucía, la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA) y las Organizaciones Sindicales más representativas.

Estas medidas se dirigen a incentivar la inserción laboral de jóvenes, mujeres y colectivos con especiales dificultades de acceso al mercado laboral, favoreciendo la creación de empleo por cuenta ajena e impulsando el desarrollo de iniciativas.

El Decreto autonómico configura programas de fomento de empleo que promocionan proyectos empresariales y pone a disposición de los emprendedores un entorno administrativo que les facilita la inmediatez en la gestión de sus proyectos.

Asimismo, el Decreto 141/2002 regula un conjunto de incentivos a la creación de empleo y al autoempleo que, en el ámbito de sus competencias, desarrolla la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

La Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía de Andalucía puede consultarse en el Libro Segundo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

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